Juana Rivas

El Supremo rebaja la condena a Juana Rivas de 5 a 2 años y 6 meses de cárcel

El Tribunal Supremo ha decidido rebajar la condena a la mitad a Juana Rivas al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos

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El Tribunal Supremo ha decidido rebajar la condena a Juana Rivas a la mitad, de cinco años a dos años y seis meses de prisión por un delito de sustracción de menores, una pena que conlleva su ingreso en un centro penitenciario. Los hechos se remontan al verano de 2017, cuando Rivas pasó un mes en paradero desconocido con sus dos hijos menores incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre.

La Sala de lo Penal ha concluido que rebaja la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, Juana Rivas cometió un único delito y no dos, como sí sostenía, en cambio, la Audiencia de Granada. La Sala basa su fallo en que, cuando en un mismo acto son varios los menores trasladados o retenidos, no se produce un concurso de delitos, sino que se comete un solo delito del artículo 225 bis del Código Penal, al lesionarse el derecho de custodia del progenitor con quien el menor.

El progenitor, que tenía la guarda y custodia provisional de los dos menores, denunció los hechos y un juzgado de Primera Instancia de Granada acordó la inmediata restitución de los menores a Italia como Estado de residencia habitual de los dos niños. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos, el 26 de julio de 2017 Rivas se ocultó con ellos, y su expareja denunció la desaparición. La acusada entregó a los dos niños un mes después, el 28 de agosto de 2017, en la Comandancia de la Guardia Civil de Granada.