Coronavirus

¿Qué penas de cárcel tiene falsificar el certificado de vacunación o pasaporte COVID?

Los tribunales españoles han igualado la responsabilidad del autor material con la de la persona que encarga el certificado de vacunación o pasaporte COVID falso.

Imagen de archivo de un certificado covid en un smartphone

Imagen de archivo de un certificado covid en un smartphoneEfe

Publicidad

El pasaporte COVID o certificado de vacunación ha sido una de las medidas frente a la pandemia del coronavirus más adoptada por los territorios, de hecho sigue siendo necesario en España para acceder a los establecimientos de Andalucía, Aragón, Canarias, tanto para los nacionales como para los turistas, otras regiones han dejado de utilizarlo aunque a nivel europeo seguirá vigente al menos por un tiempo.

La falsificación de este documento puede suponer una pena de cárcel de entre 6 meses y 3 años ya que los tribunales españoles equiparan la responsabilidad del autor material con el de quien lo encarga.

Cuando todos los indicadores parecen señalar que la sexta ola de Sars-CoV-2 está en fase de remisión el debate por el certificado COVID sigue más vivo que nunca. En Europa no descartan que la propagación del virus siga activa en la segunda mitad de 2022 ni tampoco la aparición de nuevas variantes que puedan resultar más dañinas, por lo que es previsible que que este documento, que acredita que su titular se ha vacunado o se ha sometido recientemente a pruebas de detección, siga siendo requisito esencial para viajar y, en determinados caos, para acceder a lugares de ocio como restaurantes, teatros, cines o gimnasios.

El abogado Ignacio Castillo ha advertido que en "la misma medida en la que crece la exigencia de su uso, aumenta la oferta de certificados falsos".

A finales del pasado enero la Policía Nacional desarticuló en Madrid y Barcelona una red integrada por siete miembros, entre ellos personal sanitario, que pudo facilitar pasaportes covid y resultados de PCR falsos a famosos y conocidos delincuentes de todo el territorio nacional y también en otros países de la Unión Europea.

El ilícito penal en cuestión en el que incurriría tanto la persona que falsifica materialmente el documento como quien lo encarga está tipificado en el artículo 392 y 390.1 del Código Penal, y contempla penas que van de los 6 meses a los 3 años de prisión, con multas de diverso importe, de entre 6 y 12 meses de duración.

Publicidad