Elecciones generales

El PSOE considera que la Junta Electoral de Madrid infringió la Constitución al negar la revisión del voto nulo

El PSOE acusa a la Junta Electoral Provincial de Madrid de infringir la normativa electoral, además de vulnerar la Constitución.

Imagen de archivo de una mesa con papeletas en un colegio electoral

Imagen de archivo de una mesa con papeletas en un colegio electoralEFE

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El PSOE acusa a la Junta Electoral Provincial de Madrid de infringir la normativa electoral, así como de vulnerar la Constitución al haber negado su petición para la revisión de todos los votos consignados como nulos en dicha circunscripción el pasado 23J.

Se trata de una reclamación que el partido realizó en el proceso del escrutinio general después de conocer que el voto exterior daba al Partido Popular un diputado más por Madrid en perjuicio del PSOE.

Los socialistas piden en el recurso presentado ante la Junta Electoral Central contra la decisión adoptada el pasado domingo por la junta provincial que se revoque el acuerdo de la junta provincial y se acceda a la revisión de los votos. Según los cálculos del POSE, necesitan 1.341 votos válidos, lo que es el 4,43% de los 30.241 votos nulos para 'recuperar' el escaño que quedó en el tejado del PP. Exponen que cuando se llevó a cabo el escrutinio solo permitido de los votos nulos protestados, se revisaron unos 100 votos y se dieron por buenas 32 papeletas del PSOE y 24 del PP.

"Estos datos nos permiten aplicar una regla de proporcionalidad que supone que cada 100 votos, podrían restarse ocho al PP, de tal manera que aplicada a los 30.141 restantes, podría arrojarse una diferencia positiva para el PSOE de 2.411 votos, casi más de 1.000 de los necesarios", explican. Es por este motivo por el que solicita "una revisión razonada", ya que no se trata, dice, de "porcentajes descabellados o imposibles", sino que con "algo más de 4 votos cada 100" se podría ver alterado el resultado electoral.

¿Qué argumenta la junta provincial?

La junta provincial argumentó que en el caso de atender la petición del PSOE, se produciría una "dilación injustificable" que afectaría de "forma desmesurada" la realización del escrutinio general, así como que no deducía que la revisión de los votos nulos fuera a alterar "las diferencias que dan lugar al resultado final", además de que la pretensión del PSOE tenía "una mínima posibilidad de éxito si solo se revisaran y validaran exclusivamente los votos de su candidatura".

Una petición no "viable juridicamente"

También consideró que es una petición que no era "viable jurídicamente", ya que la junta electoral "tiene como función revisar con plenitud de competencias las incidencias que consten en las actas de las mesas electorales", así como que la jurisprudencia se refiere solo a la "apertura de los sobres para la verificación del contenido de las actas", proceso que ya se había llevado a cabo.

En definitiva, la junta electoral madrileña rechazó la petición del PSOE al considerar que es una "especulación, infundada, en función de valoraciones estadísticas".

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