Violencia de género
Un acusado de violencia de género cambia de sexo y alega que no puede ser juzgado por ser mujer
La ley deja claro que los hombres que cambien su sexo no pueden eludir las condenas por violencia machista ya que se mantienen las responsabilidades jurídicas que la persona tuviese antes de la rectificación registral.
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Un hombre acusado de violencia de género ha alegado que no puede ser castigado en base a la ley contra la violencia de género porque ha cambiado de sexo y es mujer ahora. El fiscal delegado de Violencia de Género en Alicante ha preguntado a la Fiscalía del Tribunal Supremo cómo proceder a la causa. Sin embargo, la ley es clara: los hombres que cambien su sexo no pueden eludir las condenas por violencia machista ya que se mantienen las responsabilidades jurídicas que la persona tuviese antes de la rectificación registral.
Acusado de violar una orden de alejamiento sobre su mujer, madre de su hijo, el hombre tiene otras casusas abiertas por violencia de género. El acusado tuvo que cambiar de sexo antes de la entrada en vigor de la ley trans. El proceso de rectificación del sexo registral tarda un mínimo de tres meses y la ley se aplica desde el 2 de marzo.
Las alegaciones de este hombre fueron uno de los argumentos que esgrimieron los grupos políticos que se oponían a la ley trans. Exclamaron que temían que la norma creara espacios de impunidad para los agresores ante la posibilidad de que cambiaran de sexo para evitar mayores penas. Sin embargo, como hemos explicado, se mantienen las responsabilidades jurídicas que la persona tuviese antes del cambio de sexo.
El artículo 46.3 de la norma dice que "la rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género".
Polémica con la ley trans
La ley 'trans' fue aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 16 de febrero, con el PP y Vox en contra y la abstención de Carmen Calvo. La ley trans reconoce la autodeterminación de género para mayores de 16 años, cualquier persona podrá cambiar su sexo en el Registro sin necesidad de presentar informes médicos o psicológicos ni someterse a procesos de hormonación.
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Los menores de entre 14 y 16 deberán contar con el apoyo de sus padres, mientras que entre los 12 y los 14 años será necesaria una autorización judicial. Los menores de 12 años no podrán cambiar su sexo, pero sí su nombre en los documentos oficiales.
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