Voto por correo

¿Eres uno de los 450.000 españoles con el voto en Correos? Esto es lo que debes hacer para poder votar

Correos ha emitido un comunicado en el que explica que, a día 17 de julio, un total de 450.607 personas tienen su voto por correo esperando en las oficinas de Correos y todavía no se han personado para recogerlo.

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Quedan tan solo tres días para que termine el plazo para votar por correo y Correosha hecho público un dato llamativo: de los 2,6 millones de sobres, más de 450.000 permanecen en las sucursales de la empresa a la espera de que los electores en cuestión los vayan a recoger, después de que los carteros intentaran hasta en dos ocasiones entregarlos en mano a su dueño.

¿Cuántas personas tienen su voto por correo en Correos?

La empresa ha emitido un comunicado en el que explica que, a día 17 de julio, un total de 450.607 personas tienen su voto por correo esperando en las oficinas de Correos y todavía no se han personado para recogerlo. Esta cifra equivale al 17% del total de las peticiones de sufragio por vía postal.

¿Qué ha pasado con los votos que no se han entregado?

Según Correos, los carteros han tratado de entregar en mano el sobre en varias ocasiones. Sin embargo, por un motivo u otro, los destinatarios no se encontraban en la dirección indicada en el momento. Por ello, son ahora los solicitantes quienes deben desplazarse a su oficina para poder recogerlo y así ejercer su derecho a voto.

Únicamente podrán recoger el sobre aquellas personas que no se hayan ido de vacaciones y se puedan acercar a la sucursal. Por el contrario, los que ya han abandonado el país lo tendrán muy complicado, puesto que deberían volver para recogerlo de manera presencial.

¿Se puede enviar el voto por correo a otra dirección?

Tal y como detalla la Junta Electoral Central (JEC), el elector tiene la capacidad de solicitar el cambio de dirección de la documentación electoral. Si una persona ha pedido la documentación a una dirección en concreto y se tiene que ir antes de que le llegue, puede hacer este trámite en cualquier sucursal. Eso sí, es necesario que la petición se realice con el tiempo suficiente para que Correos pueda llevarla a cabo.

Si no recojo mi voto, ¿me quedo sin votar?

Así es. Aquellos que han demandado el voto por correo tienen prohibida la opción de acudir al colegio electoral para depositar su voto en la urna. Por tanto, si no se reclama la documentación en la oficina de Correos, el votante no podrá ejercer su derecho a voto.

¿Hasta qué día se puede votar por correo?

Cabe tener en cuenta que aquellos que solicitaron el sufragio por vía postal tienen hasta el jueves 20 de julio para efectuarlo en cualquier oficina de Correos de todo el territorio español, independientemente si se forma parte o no del grupo de 450.607 personas que tienen la documentación en la sucursal.

¿Puede votar otra persona por mí?

En caso de no poder acudir a la oficina de Correos para enviar tu voto, el elector tiene la opción de autorizar a otra persona para que lo entregue en su nombre. Esta autorización deberá estar firmada por el elector, quien deberá adjuntar una fotocopia de su DNI o pasaporte y el de la persona autorizada.

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