Refugiados ucranianos

Los refugiados ucranianos en España obtendrán el permiso de trabajo y residencia en 24 horas

El Ministerio de Interior ofrecerá la resolución del permiso de trabajo y residencia a los refugiados ucranianos de la guerra contra Rusia en tan solo 24 horas.

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Ya ha pasado una semana desde que Europa diera luz verde a ofrecer protección temporal a los ucranianos que huyen del país tras la dureza de la guerra, el BOE ha publicado la orden por la que se sigue el procedimiento para este reconocimiento temporal con los ''inmigrantes'' afectados.

Una de las novedades es la agilidad a la hora de resolver expedientes. El Ministerio de Interior ofrece una resolución en tan solo 24 horas para las peticiones de protección temporal a los ciudadanos ucranianos, que además incluyen la residencia y trabajo, y pueden solicitarse a partir de este miércoles en comisarias y centros habilitados.

Permisos de residencia y trabajo en 24 horas

Para agilizar más este proceso, la modificación incluye la oportunidad de acudir al centro habilitado y el texto establece que se podrá solicitar en comisarías específicas de la Policía Nacional.

Los desplazados podrán asistir a estos puntos autorizados donde funcionarios de la Policía Nacional apuntarán sus datos identificativos y otros elementos, un trámite en el que se contará con intérpretes de idiomas, y en el que se les expedirá un resguardo acreditativo de su solicitud de protección, en el que constará además un NIE asignado.

Después, la solicitud será enviada y tramitada por la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio de Interior, que lo resolverá en un plazo máximo de 24 horas e incluirá la autorización de residente y trabajo en los mayores de edad.

Normativa de protección temporal

La normativa establece que la protección temporal y los permisos de residencia y trabajo se entenderán prorrogados automáticamente por otra anualidad al finalizar el primer año de vigencia, en el caso de que se declare la protección temporal y no se haya dado por finalizada. Aun así, de manera excepcional se podría alargar un tercer año. La solicitud de protección temporal se formulará mediante comparecencia personal de la persona interesada ante funcionarios de la Dirección General de la Policía.

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