Comunidad de Vecinos

Esta es multa que una comunidad de propietarios tendrá que pagar por difundir en WhatsApp fotos de un vecino

La presidenta de la comunidad de vecinos acompañada de otra persona accedió al sistema de grabaciones y difundió por WhatsApp imágenes de un vecino sobre las que se vertieron "expresiones despectivas".

Imagen de una cámara de seguridad en un edificio

Imagen de una cámara de seguridad en un edificioPexels

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Una comunidad de vecinos ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos como consecuencia de que quien en ese momento ocupaba la presidencia y otra persona, "aprovechándose de dicha condición", difundieran imágenes por WhatsApp de un vecino.

En el documento sancionador emitido por la AEPD se consideran hechos probados la "realización de grabaciones por medio del sistema de video-vigilancia instalado en la Comunidad de propietarios realizado sobre la reproducción de imágenes del mismo siendo objeto de grabación en la zona común de acceso/salida del mismo, siendo las imágenes distribuidas a través de WhatsApp".

En el documento se constata que la parte reclamada reconoce los hechos aunque argumenta que la responsabilidad "debe recaer sobre el Presidente (a) que realizó los mismos y no sobre el conjunto de propietarios" que además añade, adoptó "las medidas necesarias para paliar la situación" llegando incluso a dar por finalizado el mandato de dicha persona y contratando en su lugar a un administrador de fincas.

Sin embargo, la AEPD considera a la comunidad en su conjunto "responsable del tratamiento" con independencia de que el acceso a las imágenes se haya realizado por un órgano rector de la misma.

La presidenta de la comunidad en el momento de los hechos reclamados accedió "al sistema de grabación de las mismas sin causa justificada, procediendo a la difusión de las mismas sin garantías adecuadas a través de una conocida aplicación de mensajería".

La AEPD impone una multa de 2.000 euros "por el mal uso de las imágenes del sistema de videovigilancia instalado" que además se desconoce el alcance que han tenido: "Llegando las mismas a conocimiento de un número indeterminado de propietarios (as) del inmueble, acompañadas de expresiones despectivas".

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