Imagen de un coche de los Mossos d'Esquadra

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Y AGRESIÓN SEXUAL

La Audiencia de Barcelona impone la primera prisión permanente revisable en Cataluña por un asesinato

El acusado está en prisión preventiva desde el día de los hechos, el 19 de diciembre de 2015, y fue condenado por un jurado popular en una vista celebrada entre el 12 y el 22 de noviembre de 2018.

La Audiencia de Barcelona ha impuesto la primera prisión permanente revisable en Cataluña a un hombre por un delito de abuso sexual con penetración a una mujer en estado inconsciente y un delito de asesinato con alevosía. La magistrada considera "congruente y adecuado a la culpabilidad del acusado" la pena de prisión permanente revisable al haber cometido estos delitos y teniendo en cuenta su "demostrada elevada agresividad".

El hombre, que fue declarado culpable por un jurado popular, penetró bucal y vaginalmente hasta eyacular a una mujer aprovechándose de que ésta carecía de toda capacidad de oponer resistencia, al haber perdido la consciencia por el consumo de bebidas alcohólicas, anfetaminas y ansiolíticos. Posteriormente, estranguló con sus manos a la mujer hasta provocar su fallecimiento a causa de una insuficiencia cardiorrespiratoria aguda.

La sentencia también apunta a que en el momento de cometer estos delitos, el acusado tenía sus facultades intelectuales y volitivas levemente disminuidas debido al consumo previo de sustancias alcohólicas y estupefacientes.

Los hechos ocurrieron después de celebrar el cumpleaños de la mujer, en una fiesta donde casi todos los asistentes consumieron bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes de manera voluntaria.

El acusado está en prisión preventiva desde el día de los hechos, el 19 de diciembre de 2015, y fue condenado por un jurado popular en una vista celebrada entre el 12 y el 22 de noviembre de 2018. La sentencia, que se puede recurrir, también condena al acusado al pago de las costas procesales y, en concepto de responsabilidad, por daño moral, a indemnizar a cada una de las perjudicadas por la muerte, la esposa y la madre de la víctima, a la cantidad de 50.000 euros más los intereses.

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