Murcia

Prisión para un hombre que mantuvo relaciones con una mujer y su hija menor de edad a la vez durante 3 años

Los hechos comenzaron en 2018, cuando el acusado tenía 21 años y la niña 11. En 2021 la madre se enteró de la relación sentimental paralela que mantenía con las dos.

Audiencia Provincial de Murcia

Audiencia Provincial de MurciaEFE

Publicidad

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un hombre que estuvo manteniendo una relación sentimental paralela con una mujer y con la hija menor de edad de esta durante tres años. La pena es de nueve años de prisión y cinco de libertad vigilada por un delito continuado de agresión sexual.

La sentencia, además, impone al acusado una orden de alejamiento de 300 metros de la menor durante diez años y la obligación de indemnizarla con veinte mil euros por daños morales. También establece que en los próximos cinco años el hombre no podrá ejercer ninguna profesión que implique contacto con menores.

El relato de los hechos ya está probado y revela que las agresiones sexuales duraron tres años. Comenzaron en 2018, cuando el acusado tenía 21 años y la niña 11. En abril de 2021, la madre se enteró de la relación sentimental paralela que mantenía con las dos y entonces denunció a su pareja.

A la niña le molestaba que la compartiera con su madre

La Sala ha confirmado que la madre conoció los hechos gracias a un testimonio relatado por una prima de la niña, también menor de edad. Esta menor aseguró que, en una conversación sobre la pérdida de la virginidad que mantuvieron las dos, su prima le había confesado que tenía sexo con el acusado.

La sentencia comenta que la relación sentimental, que comenzó solo con besos, pasó luego a la práctica de actos de contenido sexual, para terminar en relaciones sexuales plenas que se llevaban a cabo a una media de tres por semana. Y añade que la menor, tanto durante la instrucción del caso como en el juicio, mantuvo que esas relaciones sexuales eran consentidas, porque se sentía atraída por el acusado.

La niña también ha confesado que le molestaba que la compartiera con su madre, aunque no se podía quejar de la situación porque esta era su pareja "oficial".

A la hora de fijar la condena, el tribunal de la Audiencia aplica al hombre la atenuante de reparación del daño, ya que antes de la vista oral había consignado diez mil euros a favor de la víctima.

Publicidad