Publicidad

EL DINERO ESTABA OCULTO EN UNA MALETA

Intervienen más de 730.000 euros a dos ancianos en un autocar que iba a Barcelona

La Guardia Civil ha intervenido 739.200 euros a una pareja que viajaba en un autobús urbano que une La Seu d'Urgell y Barcelona. Los agentes hallaron el dinero en una inspección fiscal del autocar. Los billetes estaban agrupados en fajos de 500 euros sujetos con gomas. La Guardia Civil recuerda que por territorio nacional solo está permitido mover cantidades inferiores a 100.000 euros.

La Guardia Civil ha intervenido 738.200 euros a una pareja de ancianos que viajaba en el autocar de la línea regular que une La Seu d'Urgell y Barcelona, y que llevaba el dinero oculto en una maleta.

Según ha informado la Guardia Civil, los agentes han hallado el dinero mientras realizaban una inspección fiscal del autocar en el municipio de Bellver de Cerdanya (Lleida).

El dinero interceptado iba dentro de una maleta trolley, guardado entre ropa, metido dentro de una bolsa de plástico y envuelto en papel de aluminio, en el maletero del autocar.

Los billetes estaban agrupados en fajos de 500 euros sujetos con gomas. Los propietarios de la maleta, un hombre de 74 años y una mujer de 70, vecinos de Barcelona, manifestaron que el dinero les pertenecía a ambos a partes iguales.

Esta intervención supone una de las mayores cuantías intervenidas en el territorio nacional en aplicación de la regulación del movimiento de medios de pago en prevención del blanqueo de capitales.

Los agentes levantaron contra la pareja actas por la comisión de una infracción de la normativa sobre el blanqueo de capitales, al superar la cantidad de 100.000 euros por persona que se regula con el fin de prevenir el blanqueo de capitales.

Cada uno de ellos continuó el viaje con 1.000 euros, en concepto "mínimo de supervivencia", quedando el resto a disposición de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Banco de España.

La Guardia Civil recuerda que en caso de movimientos por territorio nacional de dinero u otros medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, el portador debe declararlo con carácter previo.

Publicidad