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PERMANECE ILOCALIZABLE JUNTO CON SUS HIJOS

El caso de Juana Rivas pasa a la vía penal y tendrá que comparecer en el juzgado el próximo 8 de agosto

Juana Rivas tendrá que comparecer en el juzgado el próximo 8 de agosto. Su caso ha pasado a la vía penal, y ya se ha tramitado esa orden que le concede unos días de plazo. Si no comparece, será a partir de entonces cuando comience a buscarla la Guardia Civil.

Francisca Granados, asesora jurídica de Juana Rivas, que sigue ilocalizable tras negarse a entregar a sus hijos a su expareja, condenado por maltrato, ha considerado que la apertura de la vía penal para esta causa supone "un paso más" en el "cúmulo de despropósitos" judiciales. La directora del área de Igualdad y asesora jurídica del Centro de la Mujer de Maracena (Granada) ha ofrecido una rueda de prensa para opinar sobre la decisión del Juzgado de Instrucción 2 de asumir por lo penal el caso y citar a las partes el próximo 8 de agosto.

Granados, que ha dicho que sigue sin mantener contacto con Rivas, se ha mostrado convencida de que ella y sus hijos se encontrarán en buenas condiciones, a pesar de lo mantenido por el letrado del padre, quien en un escrito judicial expuso el posible riesgo en el que podrían estar los menores a los que este considera "sustraídos".

La asesora ha aclarado que, dado que hasta ahora el caso solo se había seguido en la vía civil por parte del Juzgado de Primera Instancia 3, Juana Rivas en este momento no tiene designada representación legal a través de letrado y procuradora en la nueva investigación penal que acaba de abrir el Juzgado de Instrucción 2.

Por su parte, fuentes del entorno del padre han trasladado que la última decisión de la juez de Primera Instancia les parece "ponderada y esperanzadora", además de "comprensible y lógica" porque, de manera indirecta, otorga tiempo a las partes para hablar. Se trataría de una decisión "desde el derecho y no desde la agitación ideológica", han añadido las fuentes, que han considerado que el camino emprendido hasta ahora por Juana Rivas es perjudicial para el interés de los niños.

El artículo 225 bis del Código Penal, en cuanto a la sustracción de menores, otorga un plazo de veinticuatro horas, a computar desde la fecha de la denuncia, para comunicar el lugar de estancia de los niños con el compromiso de devolución inmediata para que la madre pudiera quedar exenta de pena.

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