Una cola de gente con mascarillas en una calle de Italia

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Coronavirus Madrid

¿Qué se podrá hacer y qué no si cierran Madrid y otros 9 municipios?

El Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid han pactado los criterios para restringir la movilidad en la capital y los grandes municipios en los que se han disparado los contagios de coronavirus. Salvador Illa les dio 48 horas para tomar medidas que presentará en el Consejo Interterritorial al resto de comunidades autónomas. ¿Qué se podrá hacer y qué no si la medida prospera?

En resumen

Los cerca de 7 millones de habitantes de la Comunidad de Madrid están pendientes de las restricciones a la movilidad que se pondrán casi con toda seguridad en marcha en las próximas horas. El acuerdo llegó este martes entre los gobiernos central y regional pero será analizado por todas las Comunidades Autónomas en el Consejo Interterritorial. Hay comunidades que se muestran en contra a extender los criterios elegidos para el resto de los territorios, una de las condiciones de Madrid.

Los criterios son una incidencia de contagios superior a 500 por 100.000 habitantes en 14 días, 10% de positivos en las PCR realizadas y ocupación superior al 35% de las UCI.

¿Qué se podrá hacer aunque haya restricciones a la movilidad en una zona confinada?

- Asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios

- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales

- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil

- Retorno al lugar de residencia habitual

- Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables

- Desplazamientos a entidades financieras y de seguros

- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales

- Renovación de permisos y documentos oficiales, así como trámites administrativos inaplazables

- Exámenes o pruebas oficiales inaplazables

- Salidas por causa de fuerza mayor o situación de necesidad

- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza , debidamente acreditada

¿Qué no se podrá hacer si hay cierre?

- No se podrá hacer ninguna actividad no autorizada

- No se puede ir a otro municipio sin actividad autorizada

- Los comercios no pueden permanecer abiertos más allá de las 22:00 horas

- Bares y restaurantes no podrán estar abiertos después de las 23:00 horas y sin superar el 50% y las 60% en terrazas

- No estarán abiertos los parques infantiles

- No podrá haber reunión privada de más de 6 personas

- En las instalaciones deportivas no se podrá superar el 50% del aforo en interiores y el 60% en exteriores

- En los velatorios no se pueden sobrepasar los 15 asistentes en espacios abiertos y 10 en los cerrados

La Comunidad de Madrid ya ha establecido 45 zonas restringidas; si se amplía el cierre afectaría al 82% de la población de la Comunidad y a la mayoría de las áreas sanitarias. En el territorio se han reducido las PCR a los contactos estrechos que conviven con los positivos pero ya no se harán a los contactos.