Sortu no podrá concurrir a las elecciones

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ACORDADO POR UNANIMIDAD

El TS no admite el recurso de Sortu para poder presentarse a las elecciones

El Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad rechazar el incidente de nulidad presentado por la defensa de Sortu contra la declaración de no inscripción del partido en el Registro del Ministerio del Interior "por tratarse de cuestiones ya resueltas".

Los 16 magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) han acordado por unanimidad inadmitir el incidente de nulidad presentado por Sortu contra el auto que acordó prohibir su inscripción en el registro de partidos políticos, al considerar que se trata de cuestiones ya resueltas en el auto.

Así lo ha informado el Alto Tribunal al termino de la reunión que durante unas dos horas han mantenido los magistrados de la Sala del 61 para estudiar la petición de la formación abertzale. Una vez rechazado el incidente de nulidad, Sortu tiene ahora la posibilidad de recurrir en amparo al Tribunal Constitucional la decisión del TS.

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