Elecciones Cataluña 2024

Elecciones Cataluña 2024: cómo puedo solicitar el voto por correo

Muchas personas optan por el voto por correo para participar en las elecciones de Cataluña. Por eso, es importante conocer cómo se realiza la solicitud y cuáles son los plazos para hacerlo.

Voto por correo, foto de archivo

Voto por correo, foto de archivoEuropa Press

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El domingo 12 de mayo se llevan a cabo las elecciones de Cataluña 2024 donde se decidirá el futuro de la comunidad durante cuatro años. Unas elecciones que llegan en un contexto polémico debido a la naturaleza misma de ellas, ya que las convocó Pere Aragonés, el actual presidente de la Generalitat, ante la imposibilidad de sacar adelante los presupuestos. Pero no solo estos comicicios están dando de qué hablar por su adelanto, sino por sus propios participantes, tan candentes como por ejemplo Carles Puigdemont, que llega como posible presidente de la Generalitat después de su polémica trayectoria.

Concretamente, a las urnas están llamados 5.754.840 millones de catalanes. De estos, 243.003 personas podrán votar por primera vez. Sin embargo, en las elecciones siempre hay personas que no pueden ejercer su derecho a voto de forma presencial, por lo que tienen que pedir el voto por correo. De esto se encarga Correos, que abre un plazo para que se pueda solicitar y depositar.

¿Cuándo y cómo solicito el voto por correo?

Los electores que decidan la opción por correo para depositar su voto, pueden solicitarlo hasta el 2 de mayo (incluido). Podrán solicitar hasta ese día el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Este certificado y su obtención es un requisito indispensable para poder emitir ese voto por correo. Se puede solicitar por vía telemática a través de la web de correos o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Si se hace esta solicitud de voto por vía telemática, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica. En la web, se aceptan sistemas de identificación válidos el idCat (el certificado digital de la Administració Oberta de Catalunya), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico.

Si se hace por oficina, esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad (que se acredite oficialmente), que le impida la formulación personalmente de dicha petición. En este caso, cuando el elector haga la petición, igual que en la vía telemática, debe identificarse presentando el DNI, Pasaporte o carnet de conducir. Para evitar la acumulación de personas en la oficina, se ha establecido un sistema de cita previa.

Correos entrega las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña. Correos, además, recuerda a las personas solicitantes que la documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud. Para depositar el voto por correo, se podrá hacer hasta el 9 de mayo de 2024.

¿Cómo se envía el voto?

Una vez que se haya aprobado la solicitud del voto por correo, el proceso para depositar el voto es el siguiente: se anota en el Censo que se va a votar y se envía al domicilio pertinente una hoja de instrucciones, papeletas de voto, sobre de voto, certificado de inscripción en el censo electoral y un sobre con la mención "Sr. Presidente o Sra. Presidenta de Mesa Electoral". Posteriormente, se elige el voto y meter en el sobre: lo siguiente es elegir la papeleta de la candidatura que se prefiera, introducir esa papeleta en el sobre de votación típico y cerrarlo bien. Esto, lo introduces posteriormente en el sobre dirigido a la presidencia de la Mesa, junto con el certificado de inscripción en el censo. Esto se envía en una oficina de Correos a la Mesa.

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