Condena
Seis años de prisión a un hombre diagnosticado con el 'síndrome de cuidador quemado' que dejó morir a su esposa
Los hechos ocurrieron en Madrid y el Tribunal Supremo ya ha confirmado la sentencia, la mujer estuvo tres días en el suelo de la vivienda en "condiciones higiénicas degradantes".

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Un hombre de 66 años ha sido condenado a seis años y seis meses de prisión por dejar morir a su esposa, enferma y dependiente en su domicilio. El hombre estaba diagnosticado con el 'síndrome de cuidador quemado'. Los hechos ocurrieron el 1 de diciembre de 2022 y el Tribunal Supremo ya ha confirmado la condena.
La mujer de 67 años cayó al suelo sin el auxilio del equipo de oxigenoterapia del que dependía su salud, sufría varias enfermedades, esclerosis múltiple, obesidad e insuficiencia cardíaca. En ese momento, el hombre tomó la decisión de no auxiliar a su mujer ni llamar a los servicios de emergencia, dejándola tirada en la habitación de la vivienda.
Escasa ayuda por parte de su marido
La mujer, que estuvo en el suelo durante tres días, únicamente recibió la medicación analgésica proporcionada por su marido, una almohada que se la acomodó en la cabeza y una manta con la que le arropó. Además, durante todo ese tiempo, la mujer se orinó y defecó encima.
Pasados tres días, la mujer falleció por neumonía seguida de insuficiencia respiratoria aguda. El fallecimiento pudo evitarse con muy alto grado de probabilidad si se hubiera solicitado la intervención de los servicios de emergencias, recibiendo la asistencia médica y sanitaria necesaria.
'El síndrome del cuidador quemado'
El diagnóstico proporcionado por la sentencia, explica que el condenado atravesaba una situación personal por el cuidado de su esposa que "mermaba sus facultades intelectivas y volitivas sin abolirlas por completo".
La Audiencia de Madrid le condenó a seis años y medio de prisión por homicidio por omisión. En el recurso alegado por el marido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se destaca "la grave afectación psicológica" del hombre. En ese momento, "estaba bloqueado" lo que le impidió facilitar la ayuda necesaria y llamar a los servicios de emergencia. Finalizando que "el grave trastorno mental obliga, por razones de humanidad y proporcionalidad, a rebajar la pena impuesta en dos grados".
Contundente respuesta del tribunal
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso en la sentencia del 19 de febrero. La sala califica el trastorno como "relevante" permitiendo incluir en la sentencia "el déficit de culpabilidad".
Concluye el propio tribunal lamentando las "duras y muy tristes circunstancias personales en las que vivía el condenado", pero que el sufrimiento provocado a la mujer debido a los tres días que estuvo en el suelo en "condiciones higiénicas absolutamente degradantes", es el detonante de la sentencia.
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