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Vacuna coronavirus

Las familias que se nieguen a vacunar a sus mayores incapacitados podrían perder su tutela

La Fiscalía de Sevilla indica que las familias que se nieguen a vacunar contra el coronavirus a sus mayores incapacitados podrían perder su tutela. Para no vacunarlo, deben probar que la vacuna no se le debe poner.

En resumen
  • Solo se indica para las personas incapacitadas

Los tutores legales de personas mayores incapacitadas que se nieguen a que sus familiares sean vacunados contra el coronavirus se exponen a perder la tutela. Este caso se daría si un juez estimase obligatoria la vacunación, según la Fiscalía de Sevilla.

El fiscal delegado de Mayores y Protección de Personas con Discapacidad en Sevilla, Norberto Sotomayor, lo ha manifestado tras conocer el primer caso. Una familia ha rechazado la vacunación de un anciano que reside en un geriátrico.

No ha abierto ninguna diligencia informativa sobre la negación "expresa" a la vacunación contra el coronavirus. También ha indicado que no emprendería una investigación penal más allá de la civil.

Ha enviado un escrito a la delegada provincial de Salud. El motivo es pedirle que requiera a todas las residencias información sobre supuestos de rechazo a la vacunación de ancianos incapacitados.

Los familiares pueden "perder la tutela de la persona" en dos casos. Si llega el asunto a la vía judicial y si se niegan a que la persona mayor se vacuna y el médico indica que no hay "ninguna incompatibilidad".

"Estamos hablando de que el tutor debe velar por la salud del tutelado. Pero si lo hace mal, el tutor no está actuando correctamente", ha indicado Norberto Sotomayor.

Solo cuando una persona esté incapacitada

Sin embargo, también ha explicado que una persona capacitada puede decidir si ponerse la vacuna contra el coronavirus o no. El problema surge cuando "esa decisión deba tomarla otra persona en su nombre", indica.

Norberto Sotomayor indica que debe "prevalecer la salud de la persona" y que para no vacunarla, "hay que probar que la vacuna no se le debe poner". Y, si el problema continúa, "el director de la residencia o el fiscal, que están legitimados, deberán instar a que se le ponga la vacuna" después de que un juez dicte la sentencia.

Alfonso Villagómez, magistrado de lo Contencioso-Administrativo, indica que "no existe el deber legal de vacunarse" porque las vacunas "no son obligatorias". Por ello, debe lidiar el consentimiento de la persona afectada. Pero si esa persona está incapacitada, el consentimiento debe prestarlo el tutor o el familiar que esté a su cuidado.

"La intervención del juez se produce por la negativa de la familia", explica Villagómez.