Violencia machista

La Eurocámara defiende que el sexo sin consentimiento se considere violación en toda la Unión Europea

También pide penas más duras para los agresores y que se amplíen los agravantes.

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EurocámaraEFE

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El Parlamento Europeo ha defendido en la sesión del pleno celebrada este miércoles durante las negociaciones con los gobiernos europeos para reforzar la protección de las mujeres frente a la violencia machista, que el sexo sin consentimiento sea tipificado como delito de violación.

Pero los Veintisiete no contemplan esa posibilidad porque consideran que no ofrece la base legal necesaria para abordar la violación. Los eurodiputados han validado el mandato acordado en las comisiones de Libertades Civiles y de Derechos de la Mujer, que servirá de base de discusión con el Consejo en las negociaciones que comenzarán este mismo jueves.

Lo que se pretende conseguir en esa s negociaciones es que se penalicen en toda la Unión Europea abusos como la mutilación genital femenina, el acoso cibernético, la difusión o intercambio no consentido de imágenes íntimas y la incitación al odio o la violencia contra la mujer a través de las redes.

Penas más duras y más agravantes

Los eurodiputados, tomando la propuesta de la Comisión Europea como base de la negociación, han pedido que se defina penalmente el delito de violación en base a la ausencia de consentimiento y que, además, precise que "el miedo o la intimidación" son factores que pueden impedir a la mujer actuar o decidir libremente ante un posible agresor.

De esta manera, el mandato europarlamentario pide que el consentimiento se evalúe en función de circunstancias específicas y exige consecuencias penales añadidas para las agresiones sexuales que no sean consideradas violación, pese a la ausencia de consentimiento.

También abogan por asegurar penas más duras y que se amplíen los agravantes y tengan en cuenta factores como el estatus de residencia de la víctima, el embarazo, ser víctima de trata o vivir en una residencia de ancianos, centros de menores o para demandantes de asilo.

Los actos especialmente "inhumanos, degradantes o humillantes" también se considerarán agravantes

También se propone que los actos violentos contra mujeres o niñas que sean especialmente "inhumanos, degradantes o humillantes" sean considerados igualmente agravantes a la hora de calcular las penas, al igual que los ataques contra personalidades públicas -los llamados 'crímenes de honor'- o que del ataque resulte después el suicido de personas dependientes.

Los Veintisiete fijaron también sus condiciones para contar con normas comunes más severas contra la violencia de género y otros delitos contra la mujer. Pero dejaron fuera de su propuesta toda referencia al delito preciso de violación puesto que consideran que la directiva en cuestión no es el marco adecuado y carece de base jurídica para abordar la violación, que ya se persigue penalmente en las distintas legislaciones nacionales dentro de la UE.

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