Pequeño Nicolás

El Pequeño Nicolás no entrará en prisión a cambio de no cometer delitos en cuatro años

Los magistrados han decidido dejarlo en libertad tras repasar su historial penal y le obligan a pagar 1.800 euros de multa.

Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como El Pequeño Nicolás, llegando a un juicio en la Audiencia Provincial de Madrid, a 7 de noviembre de 2022, en Madrid.

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La Audiencia Provincial de Madrid le ha concedido a Francisco Javier Gómez Iglesias, también conocido como El Pequeño Nicolás, la suspensión de su ingreso en prisión después de su última condena a dos años de cárcel por haber accedido a datos de bases policiales, con la condición de que no cometa ningún delito en los próximos cuatro años.

En un auto, los magistrados deciden "conceder el beneficio de la suspensión de condena de las penas privativas de libertad impuestas" a Gómez Iglesias durante ese tiempo y también le obligan a pagar 1.800 euros de multa.

Esta suspensión que ha contado con el aval de la Fiscalía y que queda "condicionada" a "la ausencia de actividad delictiva" en esos años y al pago de la multa, "bajo apercibimiento de que se revocará y se procederá a la efectiva ejecución de la pena privativa de libertad en caso de incumplimiento de tales condiciones", advierten los magistrados.

La Audiencia Provincial señala que, "dado el tiempo transcurrido desde la comisión de los delitos objeto de la presente causa sin que conste haber acometido nuevas conductas delictivas, se considera que la ejecución de las penas privativas de libertad no resulta necesaria para evitar la comisión de nuevos delitos, y la suspensión de las mismas facilita el efecto resocializador".

Los magistrados repasan de la hoja histórico-penal del Gómez Iglesias y destacan que ya se le ha suspendido la entrada en prisión por otras condenas anteriores por delitos de falsedad documental.

Además, indican que "no consta que el penado haya cometido delitos con posterioridad, ni reúne las condiciones para ser considerado reo habitual", y también "consta que ha satisfecho la pena de multa impuesta en sentencia, no habiendo sido condenado al pago de responsabilidades civiles".

El Pequeño Nicolás consiguió información privilegiada

La Audiencia de Madrid condenó al Pequeño Nicolás en 2023 por considerarlo inductor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público y como autor de un delito de cohecho activo, en relación a los datos sobre titulares de vehículos y matrículas que le proporcionaron dos agentes de la Policía de Municipal de Madrid en 2014 a cambio de recompensa.

Este marzo, el Supremo entendió que la sentencia recurrida permite "que la fase previa tardó en tramitarse casi diez años y otros tres las fases preparatorias y de juicio oral", "lo que arroja un resultado concluyente: trece años de prolongación de la causa hasta sentencia", período que es extraordinario y que justifica para el alto tribunal aplicar la atenuante de dilaciones indebidas.

Asimismo, absolvió a Gómez Iglesias como inductor de un delito de violación de secretos oficiales, por el cual fue condenado a una pena de multa, tras haber absuelto como autor del mismo al que entonces era coordinador de seguridad municipal.

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