Prócés Cataluña

El Constitucional avala la condena por sedición de Jordi Cuixart

El tribunal de garantías respalda de forma mayoritaria la condena a nueve años de prisión impuesta a los líderes de las asociaciones soberanistas y también las condenas por el asalto al Parlament.

El presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart

El presidente de Omnium Cultural, Jordi CuixartEfe

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la condena dictada por el Supremo contra el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, sentenciado a nueve años de prisión por un delito de sedición por su participación en el proceso independentista catalán.

Como ya sucediera con los recursos de los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull, el tribunal de garantías no ha alcanzando la unanimidad en la votación de la sentencia, cuyo fallo se ha adelantado este miércoles a la espera de conocer el contenido en los próximos días.

De esta forma, el tribunal ha desestimado el recurso por mayoría de siete votos a favor y dos en contra, del magistrado Juan Antonio Xiol y de la magistrada María Luisa Balaguer, quienes han formulado votos particulares al mantener la misma posición que con Turull y Rull, cuyas condenas vieron entonces "desproporcionadas".

Una decisión que llega en medio de la polémica generada por el más que posible indulto a los condenados por el procés por parte del Gobierno, una decisión que ha generado malestar en la oposición y dentro del mismo PSOE y que, además, no cuenta con el aval del Tribunal Supremo.

Sin arrepentimiento

Cuixart, uno de los líderes independentistas más mediáticos y carismáticos, defendió recientemente en sus alegaciones al Supremo sobre el indulto que no está arrepentido y que todo lo que hizo lo volvería a hacer porque no cometió ningún delito.

La Sala de lo Penal del Supremo condenó a Jordi Cuixart por su papel "decisivo" en la sedición orquestada por el Govern, con su "indiscutida capacidad de liderazgo y estrecho contacto con los dirigentes políticos nacionalistas".

Y ahora el TC respalda con su sentencia, cuyo ponente ha sido el presidente Juan José González Rivas, los argumentos del Supremo al considerar que la conducta de Cuixart, al promover la oposición material a la ejecución policial de las decisiones del Constitucional y de otros tribunales, no constituyó ejercicio legítimo de los derechos y libertades de expresión y reunión.

Esta decisión agota el recorrido judicial de Cuixart en España y le abre las puertas a recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

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