Ley de Familias

Las claves de la ley de familias que se aprueba hoy en el Consejo de Ministros

Una vez aprobada la ley, se remitirá al Congreso para su tramitación por vía urgente.

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La Ley de Familias impulsada por la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, se aprueba hoy en el Consejo de Ministros sin cambios sustanciales que no alteran el contenido, pero sí con algunos cambios técnicos. Entre las medidas que incluye el texto legal se recoge un permiso retribuido de cinco días por cuidado de un familiar y un nuevo permiso para padres de hijos menores de ocho años.

El anteproyecto de ley de Familias fue aprobado el pasado mes de diciembre y después de que se apruebe este martes en el Consejo de Ministros, se remitirá al Congreso de los Diputados para que se tramite por vía urgente para que así entre en vigor en esta legislatura.

La nueva Ley de Familias consta de cuatro ejes: la ampliación de protección a las familias y el apoyo a la crianza, avanzar en la conciliación, el reconocimiento de los distintos tipos de familias y la protección de los derechos de los niños y adolescentes.

Además, se crea la 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' de la que serán beneficiarios más de un millón de familias. Incluye, además de las conocidas "familias numerosas", también unas 300.000 familias de un solo progenitor con dos hijos, las familias con dos hijos con alguno con discapacidad, entre otras.

El anteproyecto que se presentaba en diciembre prohibía que los padres y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del conocido como 'PIN parental'.

Las claves de la Ley de Familias

El Consejo de Ministros aprueba hoy la ley de la ministra Belarra sobre las familias. A continuación se detallan los principales puntos de esta medida que se prevé que entre en vigor esta legislatura.

  • Se crea el título 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' en la que se incluye a las "familias numerosas", familias de un solo progenitor con dos hijos, las familias con dos hijos en las que uno de los progenitores o uno de los hijos tenga discapacidad, las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o esté en prisión.
  • Nuevo permiso retribuidos para ausentarse del trabajo por motivos familiares urgentes -enfermedad, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica-: será de cuatro días para atender a un familiar que requiera atención inmediata y se podrá disfrutar por horas.
  • Nuevo permiso retribuidopara atender a un familiar de hasta segundo grado o conviviente: Será de cinco días al año.
  • Se equiparan los derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, que podrán acceder a distintos permisos, como los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
  • Renta de crianza: Se amplía la ayuda económica de 100 euros al mes para más familias con hijos de entre cero a tres años. Hasta ahora solo percibían esta ayuda las madres trabajadoras y ahora se prevé que se beneficien 250.000 nuevas madres ya que se extiende la bonificación a las que están en paro o que hayan cotizado al menos un mes.
  • Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza "de categoría especial": a partir de ahora tendrán esta consideración las familia numerosas de categoría general con cuatro hijos, en vez de cinco; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad; y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).
  • Permiso parental de ocho semanas hasta que el menor cumpla ocho años: se podrá disfrutar de forma continua o discontinua.

También se crea un nuevo marco de protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras.

  • Las familias de parto múltiple serán consideradas como colectivo de especial protección.
  • Los hijos de parejas no casadas podrán inscribirse inscritos en el registro por el progenitor no gestante.

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