Una persona introduce un sobre en una urna electoral.

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ELECCIONES AUTONÓMICAS Y MUNICIPALES

Voto por correo en las Elecciones Autonómicas y Municipales: ¿Qué pasos hay que seguir?

Si quieres solicitar el voto por correo el plazo ya está abierto aunque hay que tener en cuenta si estarás en España o resides en el extranjero.

Queda muy poco para las elecciones autonómicas, municipales y europeas y ya puedes solicitar tu voto por correo si el próximo 26 de mayo no puedes votar de forma presencial en tu colegio electoral. El plazo de solicitud de voto por correo comenzó el 3 de abril y se alargará hasta el 16 de mayo. Una vez has solicitado el voto, recibirás la documentación en el plazo del 6 de mayo al 16. Cuando hayas recibido las papeletas electorales en casa deberás remitir la papeleta elegida hasta tres días antes de las elecciones, es decir, la fecha final es el 22 de mayo.

En las pasadas elecciones generales del 28 de abril 1.241.728 españoles solicitaron el voto por correo, este dato es el segundo más alto en la historia de la democracia española, según recoge el Ministerio del Interior. Si queremos solicitar el voto por correo hay que tener en cuenta la situación en la que nos encontramos:

  • VOTO POR CORREO SI ESTAMOS EN ESPAÑA

Si vas a estar dentro del país puedes solicitar el impreso de solicitud en cualquier oficina de Correos. Una vez solicitado recibirás las papeletas y el certificado de inscripción en el censo electoral en la dirección que hayas requerido. Cuando recibas toda la documentación deberás enviarla en una oficina de Correos como certificado urgente a tu colegio electoral.

  • VOTO POR CORREO PARA RESIDENTES TEMPORALES EN EL EXTRANJERO

Si el próximo 26 de mayo, no estarás en España podrás solicitar el voto por correo en las Oficinas Consulares o a través de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores. El solicitante deberá estar inscrito en el Registro de Matrícula del Consulado como no residente.

Esta solicitud debe presentarse, de forma personal, en las oficinas Consulares y desde allí serán remitidas a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.

Después se enviará la documentación al domicilio en el extranjero y el siguiente paso será llevar la papeleta elegida a la mesa electoral como correo certificado y urgente.

  • VOTO POR CORREO PARA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Para todos aquellos votantes que residen fuera de nuestras fronteras debes estar dado de alta en el consulado. Si estas en el censo electoral, podrás solicitar el voto por correo rellenando el impreso y días posteriores recibirás la documentación.

En este caso los plazos son los mismos que los de aquellos españoles que estarán de forma temporal en el extranjero. Pero si eres residente habitual pueden elegir entre enviar su voto a la oficina consular o presentar su voto en la oficina de forma presencial.

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