Garantía productos

La garantía de los productos se amplía de 2 a 3 años

Ahora si compramos un teléfono, un frigorífico o un ordenador tendremos 3 años de garantía en lugar de 2. También tendremos más tiempo para repararlos, de 5 a 10 años, y los fabricantes estarán obligados a disponer de piezas de repuesto.

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La garantía de los productos se amplía de dos a tres años. Si hasta ahora cuando comprábamos, por ejemplo, un teléfono, un frigorífico, un ordenador o cualquier otro producto teníamos dos años de garantía, ahora se va a ampliar a tres. También tendremos más tiempo para repararlos y los fabricantes estarán obligados a disponer de piezas de repuesto.

El Gobierno ha ampliado así los plazos de las garantías legales de los bienes y ha incrementado de cinco a diez el tiempo mínimo en el que los fabricantes están obligados a disponer de piezas de repuesto, una vez que el producto deja de fabricarse, para garantizar su reparación.

ElConsejo de Ministros ha trasladado a la normativa española varias directrices europeas para dar un paso más en la estrategia de economía circular y apostar por una mayor durabilidad de los bienes con el fin de lograr patrones de consumo más sostenibles, luchar contra la obsolescencia y reducir el impacto en el medio ambiente.

La reforma, según explica el Ministerio de Consumo, incorpora la durabilidad de un producto como criterio objetivo para que el consumidor evalúe si está conforme con la compra, con lo que cuando un bien no tenga la durabilidad que la empresa y el consumidor hayan pactado a través del contrato de compra, el cliente podrá elegir entre la reparación o la sustitución del mismo.

Consumo amplía los plazos obligatorios de garantía y de reparabilidad para aumentar la vida útil de los productos: la garantía legal hasta los tres años y los dos años para los contenidos o servicios digitales.

Para evitar que los consumidores sean inducidos a error, las garantías comerciales que se incluyan en la publicidad asociada prevalecerán a las de la declaración de garantía legal si son más beneficiosas para el consumidor.

La iniciativa añade a la legislación por primera vez la contratación de contenidos y servicios digitales que no cuestan dinero, que se obtienen a cambio de datos personales para el consumidor.

Por ejemplo, serán considerados suministros de contenidos, según Consumo, los programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas.

Los servicios digitales serán todos los que permitan crear, tratar, acceder o almacenar datos en formato digital, y esto incluye los software intercambio de vídeos y audio y otro tipo de alojamiento de archivos, el tratamiento de textos o los juegos que se ofrezcan en el entorno online, las redes sociales, el correo electrónico en línea y los servicios de mensajería instantánea.

De esta regulación quedan excluidos los programas libres y de código abierto, en el que el código fuente se comparte abiertamente y los usuarios pueden acceder libremente al programa (software).