Tribunales
El Tribunal Supremo confirma la condena de cuatro años de prisión a Santi Mina por un delito de abuso sexual
El exfutbolista gallego fue condenado en mayo de 2022 por la Audiencia de Almería a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual a una mujer el 18 de junio del 2017 en Mojácar (Almería).

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la condena de cuatro años de cárcel para Santi Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería), donde pernoctaba y viajaba el acusado con otros amigos. El tribunal ha desestimado los 29 recursos de casación interpuesto por el exfutbolista del Celta de Vigo contra la sentencia ratificada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el pasado 18 de julio de 2023. Un TSJA que sí rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. Además, confirmó la absolución de un amigo del futbolista.
En su sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rechaza la absolución planteada por el recurrente con el argumento de que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. Señalan los magistrados que el relato de hechos presenta una secuencia "en la que el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza".
De esta forma, la sala concluye que este relato no contiene ningún elemento que permita afirmar que el acusado recibió una manifestación de consentimiento que interpretó de forma equivocada.
"Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que la Sra. … hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía", argumentan los magistrados.
El Celta de Vigo, último club del jugador, extinguió "unilateralmente" el contrato de Santi Mina, al que le quedaban dos años de vinculación con la entidad gallega en agosto de 2023, cuando el TSJA ratifico la condena de la Audiencia almeriense.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo también desestima el recurso de casación planteado por la víctima, en el que solicitaba, entre otros extremos, que el acusado fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de ocho años de prisión. La Sala responde que el hecho probado no describe que el futbolista utilizara violencia con función instrumental.
De esta forma, el tribunal descarta elevar la pena a seis años de cárcel, como solicitaba la víctima subsidiariamente en su recurso, con el argumento de que el condenado había cometido dos actos sexuales penetrativos de forma sucesiva que impedían aplicar el mínimo legal. Por último, el tribunal rechaza conder como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto por la Audiencia Provincial de Almería. También se desestima elevar la cuantía de la indemnización, fijada en 50.000 euros por a Audiencia Provincial de Almería y, posteriormente, rabajaba por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a 25.000 euros.
Una condena ratificada en 2023 por el TSJA
En su fallo de 2023, el TSJA aceptó los hechos probados de la resolución que relataba los abusos sexuales que se produjeron en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las inmediaciones de una discoteca de Mojacar.
El fallo dictaminó que no existió consentimiento viciado de la víctima pese a que el acusado insiste en su versión de los hechos y afirma que "hubo una interacción sexual consentida", la cual la víctima niega en todo momento.
En una primera declaración, Santi Mina declaró no haber tenido ningún tipo de relación con la denunciante, "negó categóricamente haber tocado siquiera", indicó la magistrada Társila Martínez. Sin embargo, en función del desarrollo de las investigaciones policiales, el futbolista gallego decidió modificar su versión de los hechos.
En vista del relato cambiante de Santi Mina, la Sala expuso la poca credibilidad de la versión del acusado frente a la carencia de contradicciones relevantes en el relato de la víctima. "Solo al encontrar ADN suyo en la cavidad vaginal, se ve obligado a modificar su versión de los hechos y reconocer que existió penetración vaginal", apuntó la magistrada.
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