Coronavirus Madrid

Qué se puede hacer en Madrid desde hoy: estas son las restricciones y medidas en el ocio

La Comunidad de Madrid flexibiliza la mayor parte de las restricciones Covid-19, gracias a la buena evolución epidemiológica del coronavirus. Establecimientos hosteleros, comercios y ocio nocturno recuperan el aforo en tiempos pre-Covid y aumenta el aforo permitido.

Restricciones Madrid: Qué se puede hacer y qué no tras la apertura del ocio nocturno hoy

Restricciones Madrid: Qué se puede hacer y qué no tras la apertura del ocio nocturno hoyUnsplash

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Madrid recupera parte de la normalidad hoy, 20 de septiembre, fecha en la que se flexibilizan la mayor parte de las restricciones. Así se especifica en la orden de la Consejería de Sanidad publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Esto persigue “lograr una mayor reactivación de la actividad económica y social, siempre de una manera supeditada a la evolución” de la pandemia del coronavirus.

Algunos de los principales sectores que percibirán mayor libertad son los comercios y los establecimientos hosteleros. Los primeros, junto a las oficinas, podrán recuperar el aforo máximo permitido. En la hostelería, vuelven a tener el horario normal según su licencia, es decir, que podrán permanecer abiertos tal y como lo hacían en tiempos de pre-covid.

Hostelería y restauración

El aforo en bares y restaurantes de la Comunidad de Madrid será del 70%, por lo que dejan el 50% atrás, en interiores. En cuanto a las terrazas, podrán estar ocupadas al 100%. Sin embargo, el servicio en barra sigue sin estar permitido “salvo para recogida de comida y bebida para los clientes. Además, es obligatorio poder garantizar la distancia física de seguridad, metro y medio.

Comercios y centros comerciales

Los comercios minoristas podrán desarrollar su actividad "sin límite de aforo respecto al legalmente autorizado". Dejan atrás el 75% que tenían hasta ahora como norma. Continúa siendo obligatorio el uso de la mascarilla y la distancia social. Los centros comerciales, por el contrario, podrán tener un aforo del 100% y estar abierto sin restricciones en los horarios. También ocurre esto en los comercios que se desarrollan en la vía pública, como son los mercados.

Ocio nocturno

Los locales de ocio nocturno, como en la hostelería, recuperan el horario habitual a los tiempos antes de la pandemia del coronavirus, "salvo regulaciones municipales". Además, se permite un aforo del 75% y el consumo de bebidas y comidas solo podrá realizarse sentado en una o varias mesas. Además, es obligatorio poder mantener la distancia interpersonal y el número de ocupantes no puede ser superior al que se permite en bares y restaurantes.

Actividades culturales

Los cines, teatros, auditorios, circos con carpa, salas multiusos polivalentes y espacios similares podrán disponer de un aforo al 100%. Ocurre los mimos en recintos que acojan espectáculos públicos y actividades recreativas. En los museos, las visitas en grupos no podrán ser de más de 20 personas, en las que se incluye el monitor o guía. En las plazas de toros se aumenta el aforo del 50 al 75%, pero se mantiene la obligación de que el público permanezca sentado.

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