Declaración de la renta

Ya puedes solicitar cita previa por teléfono para la declaración de renta

La campaña de la Renta 2021 ha arrancado en abril de 2022 pero la modalidad de poder pedir cita previa por teléfono comienza hoy mismo 3 de mayo. Por ello desde hoy mismo a través de los teléfonos que te facilitamos podrás pedir cita para realizar la declaración de la renta por teléfono.

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Como sabemos la campaña para realizar la declaración de la renta 2022 del ejercicio 2021 comenzó a principios de abril pero al poder confeccionarse desde varias modalidades cada una de ellas tiene una fecha estipulada para comenzar a hacerlas satisfactoriamente.Si quieres pedir cita para que la Agencia Tributaria te confeccione tu declaración de Renta 2021, hay dos métodos: Desde hoy, 3 de mayo podrás solicitar tu cita previa por teléfono para realizar la declaración de Renta 2021 o desde el 26 de mayo si deseas realizarla de manera presencial en tu oficina específica para realizar tu declaración de Renta 2021.

Si tu opción es solicitar cita previa vía telefónica, en primer lugar para recibir la llamada de la Agencia Tributaria y realizar tu declaración de Renta 2021 necesitas concertar cita desde hoy mismo 3 de mayo al 29 de junio por Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia, a través de la App 'Agencia Tributaria`. teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24. La manera más personal de ser atendido es llamando al teléfono 91 553 00 71 o 901 22 33 44 de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas.

Para atenderte en oficina y realizarte tu declaración de Renta 2021 (atención presencial) necesitas concertar cita del 26 de mayo al 29 de junio, por las mismas vías, excepto el teléfono automático. La anulación de citas se podrá realizar por cualquiera de los canales citados anteriormente.

Datos y documentos que debes tener preparados

Si has realizado los pasos detallados anteriormente para concertar cita y realizar tu declaración de la rentapor teléfono, debes saber que la Agencia Tributaria te llamará desde el teléfono 810520052 al número de teléfono que nos has facilitado (o desde el 917276222 si nos has facilitado un número de teléfono extranjero).

Para atenderte por teléfono y presentar tu declaración de Renta debe estar allí la persona o personas titulares (la llamada será grabada). Para poder identificarte, si estás registrado en Cl@ve PIN, deberás tener a mano el móvil que comunicaste al registrarte, en otro caso, deberás obtener antes el número de referencia por Internet. Por eso muy importante obtener tu número de referencia.

También debes tener preparada la documentación sobre tu situación personal y en todo caso:

- DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.

- Número IBAN de cuenta bancaria.

- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que residas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).

Por otro lado se necesitan documentos específicos si:

  • Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal: Si vives en un inmueble alquilado necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler. Por adquisición de vivienda habitual con ampliación de préstamo, los saldos pendientes de amortizar del préstamo original. Con hipoteca, los recibos de los seguros y por donativos los justificantes. Además si has observado algún tipo de renta pero no consta en los datos fiscales .
  • Por rendimientos de trabajo: Certificado emitido por el pagador, importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria), si la colegiación es obligatoria, el importe de las cuotas satisfechas a colegios profesionales y los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
  • Por rendimientos del capital inmobiliario: Justificantes de ingresos (contratos) y gastos deducibles (facturas) de los alquileres de pisos, plazas de garaje, locales, de tus propiedades.
  • Por rendimiento del capital mobiliario: Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de vivienda habitual: Escrituras de compra y venta, fechas de adquisición y tramitación, importes reales, gastos y tributos de compra y venta. Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida y datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones...: Justificante de subvenciones, justificante de premios, certificados de fondos de inversión, importes reales, gastos y tributos de compra y venta, fechas de adquisición y transmisión y escrituras y/o documentación acreditativa.
  • Regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo: Certificado de la entidad financiera y declaraciones de ejercicios no prescritos.

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