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Declaran culpable de asesinato al hombre que mató a su sobrino de 3 años y descartan que sufriese un brote psicótico

El jurado considera que el hombre no sufrió un brote psicótico que le impidiera comprender sus acciones.

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Los hechos se remontan al 21 de septiembre de 2020, cuando un hombre asesinó a su sobrino de tres años en Santiago de Compostela (Galicia). El jurado popular descarta que sufriese un brote psicótico y cree que lo hizo de forma "intencionada".

El jurado declaraba por unanimidad que el tío del niño era el autor del crimen. El menor murió asfixiado en un baño de la vivienda en la que se encontraban. Además, ven también probado por unanimidad que el menor "no tuvo posibilidad de reacción defensiva ni de auxilio por parte de terceros".

También descartan que sufriera un brote psicótico derivado de la patología epiléptica que sufre y que eso fuera lo que limitara su capacidad de comprender lo que ocurría. Por tanto, consideran que el autor del crimen se encontrase en "un estado crepuscular" en el momento de los hechos.

Todos los jurados descartan que la "anomalía neurológica" que padece el acusado lo llevase a un estado de "perturbación mental" que "limitase gravemente su capacidad de comprender los hechos". Se descarta que el hombre acusado "se encontrara en un estado de perturbación mental" que disminuyese su capacidad de comprender sus acciones.

Lo declaran como culpable por unanimidad y creen que la muerte de su sobrino pudo ser "intencionadamente" o "sabiendo que sus actos le podían causar la muerte".

Piden prisión permanente revisable

La Acusación Popular y la Fiscalía piden para el procesado la prisión permanente revisable. También solicitan una orden de alejamiento de 25 años de las hermanas del niño fallecido y una indemnización para la familia.

La defensa reitera su petición de libre absolución e ingreso en un centro psiquiátrico o 10 años de prisión, ya que "no ha quedado acreditada la alevosía".

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