Edificio de la Audiencia Nacional

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SUCEDIÓ EN 2006

Condenan al Estado por devolver a un hombre el arma, con la que mató a su mujer

Después de siete años, ha quedado probado que la actuación de la Administración Provincial de Córdoba fue "inadecuada", al devolverle las armas a un hombre, con las que posteriormente utilizó para matar a su mujer.

La Audiencia Nacional ha condenado al Estado por devolver a un hombre con antencedentes, la licencia y el arma con la que después mató a su esposa. La sentencia condena al Estado en concepto de responsabilidad patrimonial a hacerle entrega de 25.000 euros a la hija de la fallecida, ya que ha quedado probado que la decisión fue deficiente y ha contribuido a la conducta homicida del marido de la víctima.

Los hechos ocurrieron en el año de 2004, cuando la víctima, una mujer cordobesa, denunció a su marido por amenzas. Fue entonces cuando el Juzgado, ordenó la intervención de dos escopetas de caza para las cuales poseía la licencia reglamentaria. En este juicio, el marido resultó finalmente absuelto por falta de pruebas y el Juzgado ordenó que se le devolvieran las armas.

Pasado poco más de un año, el 1 de enero 2006, el hombre mató a su mujer con una de las escopetas devueltas, hechos por los que fue condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba a más de 20 años de cárcel. La hija de la fallecida acudió entonces a la vía judicial al entender que se produjo un anormal funcionamiento de la Administración porque no se tuvo en cuenta ningún dato para valorar la peligrosidad del titular de la licencia de armas.

Ahora, la Audiencia Nacional le da la razón a la hija de la víctima, al entender que la actuación de la Administración "no reúne los caracteres suficientes para poder ser calificada como adecuada y correcta", ya que no se tuvo en cuenta la existencia de una condena por faltas de amenazas de muerte".

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