por cometer una negligencia médica

Condenado el Hospital de Segovia por confundir una infección pélvica con una gastroenteritis que provocó la extirpación de los ovarios a la paciente

La negligencia médica cometida por el Hospital de Segovia provocó el abortó a la paciente a la que, además, tuvieron que extirpar los ovarios tras confundir una infección pélvica con una gastroenteritis. El centro tendrá que indemnizarla con 127.900 euros.

Dos cirujanos en un quirófano

Dos cirujanos en un quirófanoArchivo Getty Images

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El Hospital General de Segovia ha sido condenado por cometer una negligencia médica que provocó el abortó a una paciente a la que, además, tuvieron que extirpar los ovarios tras confundir una infección pélvica con una gastroenteritis. Según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 16 de Madrid, la compañía aseguradora del servicio de Sanidad de Castilla y León tendrá que indemnizar a la paciente con una cantidad superior a los 127.900 euros, además de los intereses correspondientes.

Los hechos ocurrieron en febrero de 2012 cuando la paciente, embarazada de seis semanas, acudió al hospital por un dolor en el lado izquierdo del abdomen y tras seis días de ingreso fue dada de alta con el diagnóstico de una gastroenteritis (GEA).

Tres días después, acudió a la consulta de un médico privado quien, ante la sospecha de una enfermedad inflamatoria pélvica (EIP) coincidente con un embarazo, le aconsejó que acudiese a Urgencias. Ese mismo día, reingresó en el Hospital General de Segovia, donde le informaron de la presencia de un absceso pélvico y le pusieron un tratamiento con antibióticos que fracasó, motivo por el que recurrieron a una operación quirúrgica con la que lograron erradicar la infección.

No obstante, casi diez días después experimentó un sangrado que confirmaba el aborto de la pacientey tuvieron que extirparle ambos ovarios, lo que le provocó un estado de menopausia precoz.

El perito asignado ha considerado que desde el primer día de ingreso la paciente "cumplía los requisitos o criterios previstos en el Protocolo de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) para haber sospechado una complicación de la tumoración anexial".

Por ello, a su juicio, existió un "error de diagnóstico" por parte del servicio público de Salud de Castilla y León, y, por tanto, mala praxis médica, que desencadenó las consecuencias finalmente sufridas por la paciente. Así lo ha considerado también el juez, quien ha confirmado que la profesional que atendió a la paciente en Segovia y es especialista del servicio de obstetricia y ginecología del Hospital Infanta Sofía de San Sebastián de los Reyes (Madrid) incurrió en "mala praxis".

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