Acoso sexual
Cinco años de cárcel para un militar por acosar y abusar sexualmente de su subordinada
El Tribunal Supremo ha reducido seis meses la condena inicial y ha anulado la pérdida de empleo, aunque mantiene la indemnización a la víctima por daños psicológicos.

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Un cabo del Ejército de Tierra ha sido condenado a cinco años de prisión por acoso sexual, abuso sexual y abuso de autoridad hacia una subordinada. Aunque inicialmente la pena era mayor, el Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso del condenado, rebajando su condena en seis meses y anulando la pérdida de empleo que le había sido impuesta.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha revisado la condena que impuso en 2024 el Tribunal Militar Territorial Cuarto, reduciendo la pena total de prisión a cinco años. Según el Supremo, la pena anterior "no guardaba proporción con los hechos juzgados", ya que superaba en seis meses el mínimo previsto por los delitos de abuso de autoridad en sus modalidades de abuso sexual y acoso sexual, tipificados en los artículos 47 y 48 del Código Penal Militar. No obstante, el alto tribunal ha mantenido el pago de una indemnización de 44.776 euros a la víctima, en concepto de lesiones psíquicas y daño moral.
Años de abusos reiterados
Los hechos se produjeron entre 2017 y 2021, cuando el acusado y la víctima coincidieron en el Pelotón de Sanidad del V Batallón de Intervención de Emergencias. Durante ese tiempo, el cabo inició un comportamiento reiterado de acoso hacia la soldado que estaba bajo su mando.
Según consta en la sentencia, el militar llegó a realizar comentarios sexuales sobre el aspecto físico de su subordinada, llamarla por teléfono mientras se masturbaba, y manosearla de forma no consentida en diversas ocasiones. Todo ello, sin que tuviera un comportamiento similar con otros compañeros o compañeras.
Además, el tribunal consideró probado que el acusado enviaba mensajes de WhatsApp con contenido sexual a la víctima, en los que la animaba a enviarle fotos en bikini y se refería a ella como "mi compañera sexy".
El militar también aprovechaba momentos en los que se encontraba a solas con la soldado para tocarla de forma inapropiada. Tras ser rechazado y recriminado por su conducta, el acusado se reía y restaba importancia al hecho, respondiendo frases como: "Tenía que aprovechar, no voy a ser tonto".
El recurso ante el Supremo y su resolución
Tras la condena en noviembre de 2024, el militar recurrió al Tribunal Supremo alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y falta de coherencia en el testimonio de la víctima, argumentos que fueron desestimados.
Sin embargo, el Supremo sí admitió parcialmente la queja sobre la "falta de proporcionalidad" de la pena, concluyendo que el aumento de tres meses sobre el mínimo legal para cada uno de los delitos no estaba debidamente justificado. Por ello, rebajó la condena de cinco años y medio a cinco años exactos y anuló la pena de pérdida de empleo.
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