126.997167

Publicidad

Cierre Madrid

El cierre perimetral de Madrid entra en vigor esta noche

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha firmado un decreto para limitar la entrada y salida de Madrid esta misma noche, de cara al puente de Todos los Santos en el estado de alarma. En el caso del puente de La Almudena, el cierre perimetral es desde las 00:00 horas del viernes 6 de noviembre hasta las 00:00 horas del martes 10, como medidas adoptadas frente al avance del coronavirus.

En resumen

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha firmado un nuevo decreto para limitar la entrada y salida de la Comunidad de Madrid durante el puente de Todos los Santos y el de La Almudena en el estado de alarma. El cierre perimetral se hace efectivo a partir de esta medianoche con la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

La Comunidad de Madrid quedará confinada perimetralmente en la noche de este jueves, entre las 00.00 horas de este viernes y las 00.00 horas del martes, 3 de noviembre. En el caso del puente de La Almudena, el cierre será desde las 00:00 horas del viernes 6 de noviembre hasta las 00:00 horas del martes 10.

Los trayectos en tránsito a través de la Comunidad de Madrid quedan permitidos y además se mantienen las restricciones en las zonas básicas de salud con más índice de contagios por coronavirus y el resto de medidas contempladas en el decreto del pasado lunes.

El Gobierno central ha dado luz verde a esta propuesta de Ayuso, aunque no va a modificar el decreto, que ya ha sido aprobado este jueves en el Congreso con los apoyos parlamentarios habituales del Ejecutivo de PSOE y Unidas Podemos y de Ciudadanos.

Aunque el cierre de la región por el puente de la Almudena se abordará a partir el miércoles en el Consejo Interterritorial, el Gobierno autonómico establecerá también en el decreto regional el confinamiento perimetral desde el viernes 6 de noviembre a las 00.00 horas hasta el martes 10 de noviembre a las 00.00 horas. Según el Gobierno regional, de esta forma se cumple con los siete días mínimos establecidos en el real decreto del estado de alarma dictado por el Ejecutivo central.

La Comunidad de Madrid fija la excepción para los desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; por cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.