Alfonso Basterra y Rosario Porto acompañados por escolta policial

Publicidad

COAUTORES DEL ASESINATO CON AGRAVANTE DE PARENTESCO

La acusación popular pide 20 años para cada uno de los padres de Asunta por un delito de asesinato

La Asociación Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular en la causa sobre la muerte de la niña Asunta Basterra Porto, pide una pena de 20 años de prisión para cada uno de los padres de la menor --Rosario Porto y Alfonso Basterra-- como autores de un delito de asesinato.

Así consta en el escrito de calificación presentado en el Juzgado de Instrucción Número 2 de Santiago, que la pasada semana comunicó a las partes el fin de la instrucción de la causa casi nueve meses después del hallazgo del cadáver de Asunta Basterra en una pista forestal del ayuntamiento coruñés de Teo.

En el escrito de la acusación popular se considera a los padres adoptivos de la menor coautores del asesinato de la niña, con el agravante de parentesco.

Según las conclusiones que esgrimen los letrados que representan a la acusación popular, los padres de Asunta, que estaban divorciados legalmente, "y con sus capacidades volitivas y cognitivas sin alterar idearon un plan para acabar con la vida de su hija menor de edad, la cual convivía con su madre".

En su relato, la acusación popular señala, en virtud de los datos recabados durante la instrucción, que "en ejecución de ese plan, que incluía un reparto de papeles entre los acusados Alfonso Basterra y Rosario Porto", en el que aprovecharon que la madre seguía un tratamiento médico con el medicamento 'Orfidal', para que el primero hiciera acopio "de una gran cantidad del mismo" que "procedieron a administrar repetidamente a la menor Asunta, al menos tres meses antes de su fallecimiento, mientras permanecía bajo custodia paterna".

Así, indica que Alfonso Basterra adquirió el 5 de julio de 2013 una caja de 50 comprimidos del citado fármaco --cuya sustancia activa es el 'lorazepam'--; el día 17 otra de 25; el 16 de septiembre otra de 50 y el 22 de julio otra de 50.

"La administración repetida de 'lorazepam' a la menor afectó considerablemente a su estado, anulando su voluntad y sufriendo episodios de somnolencia y descoordinación, que fueron perfectamente percibidos por sus profesores y compañeros de la escuela de Altos Estudios Musicales de Santiago y en la escuela 'Play' de Santiago", esgrime la acusación.

En esta línea, recuerda que el 18 de septiembre de 2013 la niña "no acudió a su clase en el instituto, ni por la tarde a su clase de ballet" y en ambos casos la madre justificó que "le habían prescrito un fármaco que le ocasionó graves vómitos y mareos".

Además, añade que el 5 de julio de 2013, sobre las 2,30 horas de la madrugada, la acusada Rosario Porto afirmó que "un varón desconocido accedió a su casa de Doctor Teixeiro", tras lo cual "Asunta aseguró que la habían intentado matar", pero el hecho "no fue formalmente denunciado".

La acusación popular considera que "los acusados decidieron continuar su plan de poner fin a la vida de su hija, por lo que, en ejecución preconcebida del mismo, a mediodía del 21 de septiembre de 2013, almorzaron con ella en el domicilio de Alfonso". "Los acusados administraron a la menor, como en otras ocasiones y subrepticiamente 'lorazepam' en cantidad de rango tóxico", apostilla en el escrito de acusación.

Posteriormente, a las 17,20 horas de ese día salió del domicilio paterno para dirigirse a casa de Rosario para hacer los deberes y sobre las 18,00 horas de esa tarde su madre trasladó "conduciendo su vehículo a la menor hasta la casa familiar en Montouto (Teo) a donde llegó a las 18,33 horas y desconectó la alarma". "En ese lugar, y antes de las 20,00 horas del 21 de septiembre, aprovechando su estado de somnolencia y desvalimiento ocasionado por la ingesta de lorazepam, procedieron a asfixiar a la niña obturándole la boca y las fosas nasales, de tal forma que se produjo la muerte por sofocación", sostiene la acusación.

 

Publicidad