Quim Torra

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DESESTIMA SUS ALEGACIONES

El Supremo inadmite la querella de Vox contra Torra al no considerar delito sus declaraciones sobre la 'vía eslovena'

El Supremo considera que aunque la propuesta de la 'vía eslovena' puede parecer "disparatada, irritante e imprudente en Cataluña queda amparada por la libertad de expresión".

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella presentada por Vox contra el president de la Generalitat, Quim Torra, por un presunto delito de provocación, conspiración o proposición para la rebelión en relación a la defensa de la 'vía eslovena' para Cataluña que éste realizó en Bruselas el pasado 8 de diciembre. El alto tribunal estima que los hechos denunciados no constituyen ilícito penal alguno.

Así, señala que "la expresión de una opción política teórica por el modelo esloveno, puede parecer disparatada, irritante e imprudente en Cataluña, pero queda amparada por la libertad de expresión y, aún más en el contexto de la retórica con la que algunos políticos se expresan ante los medios de comunicación, pues es evidente que la expresión de opiniones goza de un mayor margen de libertad que encuentra su único límite en la protección del honor y de la integridad moral frente a la burla, el escarnio o la degradación intolerables".

En su auto, El Supremo analiza si el supuesto llamamiento del querellado a seguir la vía eslovena guarda relación, como pretendía la querella, con determinadas acciones de los denominados Comités de Defensa de la República realizadas entre los días 7 y 8 de diciembre de 2018, los llamados Grupos Autónomos de Acción Rápida (GAARs), con determinada sugerencia que un miembro de la ANC (Adrián Alsina) hizo través de twitter al Consejo para la República, o con los mensajes que bajo la designación "bandera negra" se difunden desde una cuenta de twitter.

No se trata sólo, continúa el auto, de si guardan alguna suerte de relación ideológica o de comunidad de fines y objetivos, sino de si están unidos por una relación tal que permita hablar de provocación (mínimamente eficaz como para inducir a la acción), proposición a una o más personas a cometer un delito.

También rechaza el recurso contra la inadmisión a trámite de su querella contra Sánchez

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que presentó el partido político VOX contra la inadmisión a trámite de su querella contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por un presunto plagio de su tesis doctoral.

El tribunal confirma así la decisión que adoptó el pasado mes de febrero, cuando inadmitió la querella por entender que el supuesto uso de textos de terceros sin citar en la tesis de Sánchez no sería constitutivo de delito alguno.

La Sala mantiene esta misma posición, pues considera que al margen de la mayor o menor credibilidad que VOX dé a las informaciones periodísticas en las que basaba su querella, los hechos no son constitutivos "de un delito contra la propiedad intelectual por las razones expuestas en el auto recurrido, que descartaba la existencia de los elementos de esta infracción penal".

"La mayor originalidad de una tesis, su valor dogmático y en fin, lo verdaderamente innovador de su contenido, son cuestiones que han de ser evaluadas en el ámbito académico y totalmente ajenas al Derecho Penal", reitera ahora el Tribunal Supremo.

El partido de Santiago Abascal presentó el pasado 21 de septiembre una querella contra el jefe del Ejecutivo después de que se revelase que éste pudo usar trabajos de otros autores sin citarlos en su trabajo de fin de doctorado, lo que en su opinión, podía constituir delitos de falsedad documental, prevaricación administrativa, cohecho, tráfico de influencias y contra la propiedad intelectual.

Sin embargo, el Supremo rechazó admitirla a trámite argumentando, entre otras razones, que un delito contra la propiedad intelectual requiere un "propósito de enriquecimiento con la obra ajena" y sin acreditación de este hecho, no hay infracción penal alguna.

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