29-N
¿Quién tiene derecho a votar en las elecciones generales?
Más de 38,7 millones de españoles están llamados a las urnas el próximo 29 de noviembre. Te explicamos quiénes pueden votar, qué requisitos deben cumplir y en qué casos se puede perder el derecho de sufragio.

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España celebrará elecciones generales el próximo domingo 29 de noviembre de 2026, una cita en la que los ciudadanos elegirán a sus representantes en el Congreso de los Diputados y el Senado. Tras el adelanto electoral, aprobado en el Consejo de Ministros extraordinario del pasado 5 de octubre, se ha puesto en marcha un nuevo calendario electoral que culminará con la constitución de las Cortes Generales el 23 de diciembre.
Según los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), un total de 38.728.356 ciudadanos podrán votar en estas elecciones generales, de los cuales 35.958.711 residen en España y otros 2.769.645 viven en el extranjero. Además, 1.615.127 electores residentes en territorio nacional podrán participar por primera vez en unos comicios generales, al haber cumplido 18 años desde las anteriores elecciones, celebradas el 23 de julio de 2023.
¿Quién puede votar el 29-N?
La legislación electoral española establece que pueden participar en las elecciones al Congreso y al Senado todos los ciudadanos que cumplan tres requisitos fundamentales: tener nacionalidad española, haber cumplido 18 años y estar inscritos en el censo electoral.
El derecho de sufragio corresponde tanto a los españoles que residen habitualmente en territorio nacional como a aquellos que viven en el extranjero. En este último caso, los electores también pueden participar en la elección de sus representantes sin necesidad de desplazarse a España, mediante los procedimientos habilitados para el voto desde el exterior.
Asimismo, los ciudadanos que se encuentren temporalmente fuera de España durante la jornada electoral pueden solicitar la documentación correspondiente para ejercer su derecho al voto, siempre que cumplan los requisitos y plazos establecidos.
¿Quiénes no pueden votar en España?
Aunque el derecho al voto está reconocido para todos los ciudadanos españoles mayores de edad, la legislación contempla una excepción: las personas condenadas por sentencia judicial firme a una pena de privación del derecho de sufragio activo durante el tiempo que dure dicha condena.
Por tanto, una condena penal no implica automáticamente la pérdida del derecho a votar. Para que se produzca esta limitación, debe existir una resolución judicial firme que establezca expresamente la privación de ese derecho.
Tampoco pueden participar en las elecciones generales españolas los ciudadanos extranjeros que no tengan nacionalidad española, aunque residan legalmente en el país. La posibilidad de votar en determinados comicios municipales o europeos responde a una normativa diferente y no se extiende a las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado.
¿Es obligatorio votar en las generales?
No. En España el voto es un derecho, pero no una obligación. Los ciudadanos pueden decidir libremente si participan o no en las elecciones, sin que la abstención conlleve multas ni sanciones.
La legislación también garantiza el carácter libre y secreto del sufragio. Ninguna persona puede ser obligada o coaccionada para votar por una determinada candidatura, abstenerse o revelar el sentido de su voto.
Quienes decidan participar podrán hacerlo presencialmente en el colegio electoral que les corresponda o mediante el voto por correo, siguiendo los procedimientos establecidos.
¿Pueden votar los españoles que viven en el extranjero?
Sí. Los españoles que residen habitualmente fuera del país mantienen su derecho a participar en las elecciones generales, siempre que estén inscritos en el censo electoral correspondiente.
En estos comicios, el INE contabiliza 2.769.645 electores residentes en el extranjero, que podrán ejercer su derecho de sufragio mediante los mecanismos previstos para los españoles que viven fuera del territorio nacional.
También existe un procedimiento específico para los ciudadanos que residen habitualmente en España, pero se encuentran temporalmente en el extranjero durante el periodo electoral. Este sistema permite solicitar la documentación necesaria y remitir el voto desde el país en el que se encuentren, dentro de los plazos establecidos.
¿Cuándo son las elecciones generales?
Las elecciones generales se celebrarán el domingo 29 de noviembre de 2026, después de que el Consejo de Ministros extraordinario del 5 de octubre aprobara el real decreto de disolución de las Cortes y convocatoria electoral. La disposición se publicó en el Boletín Oficial del Estado el martes 6 de octubre, fecha de su entrada en vigor.
La campaña electoral tendrá una duración de 15 días y comenzará a las 00:00 horas del viernes 13 de noviembre. Los partidos podrán realizar actos de campaña hasta las 24:00 horas del viernes 27 de noviembre, mientras que el sábado 28 será la jornada de reflexión previa a la votación.
Una vez celebradas las elecciones y completados los trámites correspondientes, las nuevas Cortes Generales se constituirán el miércoles 23 de diciembre, a las 10:00 horas.
De esta manera, más de 38,7 millones de españoles están llamados a participar en una nueva cita con las urnas para elegir la composición del Congreso y el Senado, en unas elecciones en las que más de 1,6 millones de ciudadanos residentes en España podrán votar por primera vez en unos comicios generales.
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