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MEMORIA HISTÓRICA

El TS aparta a 5 magistrados del tribunal que debe juzgar a Garzón

El Supremo acepta la recusación de Garzón contra cinco de los jueces que le deben juzgar por el caso de los crímenes del franquismo.

La Sala del 61 del alto tribunal, competente para resolver las recusaciones a magistrados de este órgano, ha aceptado en una sesión ordinaria el incidente de recusación presentado por Garzón contra el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra Ruíz, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo.

La ponencia sobre este asunto ha corrido a cargo del presidente de la Sala de lo Social, Gonzalo Moliner, después de que el ponente inicialmente previsto, el presidente de lo Militar, Angel Calderón, anunciara su intención de emitir un voto particular discrepante. El auto junto con el voto particular se dará a conocer en los próximos días.

Los 16 magistrados que conforman el tribunal han iniciado a las 10.00 horas la reunión, que ha llevado otros asuntos en su orden del día aparte del referido a Garzón, quien se encuentra suspendido cautelarmente de sus funciones por instruir la causa sobre el franquismo y ordenar las escuchas en prisión a los implicados de la trama 'Gürtel' y sus abogados.

El magistrado Juan Saavedra se ha ausentado de la reunión en el momento en el que se ha tratado el punto sobre Garzón al ser uno de los recusados. El alto tribunal deberá ahora designar otros cinco magistrados de la Sala de lo Penal para formar el tribunal, ya integrado por los no recusados Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero, y señalar la fecha del juicio.

El todavía titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 considera que los magistrados están inhabilitados para juzgarle con la suficiente imparcialidad por haber intervenido en la instrucción de la causa y tener un "interés directo" en la misma. De los cinco magistrados recusados sólo Joaquín Giménez ha admitido su "contaminación" y se ha mostrado favorable a admitir la causa de recusación.

La Fiscalía emitió el pasado 31 de mayo un informe en el que apoyaba el primer motivo esgrimido por Garzón y respaldaba que los recusados deberían abstenerse por haber participado en la instrucción de la causa penal.

Sobre esta causa, prevista en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) "haber participado en la instrucción de la causa penal", la Fiscalía recordaba que los recusados, a través de numerosas resoluciones, admitieron la querella presentada por Garzón.

Además, la misma Sala ha respaldado "sin fisuras" la labor del instructor de la causa, Luciano Varela, y ha ido rechazando todos los recursos planteados por la defensa del juez, "así como las insistentes y muy fundadas solicitudes de sobreseimiento instadas por el Ministerio Fiscal",

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