Monitor de la sala de prensa de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares que retransmite el juicio

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NOVENA JORNADA DE JUICIO

La defensa de los acusados de Alsasua no ve terrorismo y alega que fue "un encontronazo fortuito"

La abogada de dos de los acusados de Alsasua dice que se han "magnificado" los hechos y cree que no se les puede acusar de terrorismo solo por el hecho de que los agredidos sintieran miedo y pánico. "Que las personas se sientan aterrorizadas no lleva consigo esa finalidad de aterrorizar a la población".

La defensa de dos de los acusados de agredir a dos guardias civiles en Alsasua (Navarra) ha defendido que lo ocurrido fue un "encontronazo fortuito" y "aislado" que no respondía a una estrategia premeditada y en el que "no se aprecia ningún sesgo o naturaleza terrorista".

Amaia Izko, la abogada de Jokin Unamuno y Ainara Urquijo (que se enfrentan a 50 y 12 años de cárcel), ha sido la primera en defender sus conclusiones en la décima jornada del juicio contra ocho presuntos agresores de los guardias y sus parejas en la madrugada del 15 de octubre de 2016 en un bar de la localidad navarra.

La letrada ha pedido la absolución de sus dos defendidos y, en todo caso, ha expuesto que lo ocurrido en un bar a altas horas de la madrugada dentro de un contexto festivo fue algo "casual" fruto de una discusión sobre si los agentes debían o no estar allí "por su condición de guardias civiles".

En el juicio, ha dicho, se han "magnificado" los hechos y las víctimas los han representado como una "agresión salvaje", cuando en realidad sufrieron lesiones "leves y no muchas". "Son moretones, contracturas, raspazos y un tobillo roto, que al observador ajeno a los mismos, si los ve, no aprecia ningún sesgo o naturaleza terrorista", ha abundado.

Izko ha recordado que a sus clientes se les atribuye el carácter terrorista recogido por la última reforma del Código Penal, pensada para los conocidos como "lobos solitarios" del terrorismo yihadista y que no es aplicable a este caso porque los hechos no se enmarcan en una "estructura organizada que ataca directamente a los cimientos del Estado". "Incardinar los hechos ocurridos en la madrugada del 15 de octubre en este tipo penal supone forzar los límites de este precepto y apostar por una interpretación extensiva y expansiva del concepto de terrorismo", ha dicho, lo cual va en contra de un "derecho penal de inspiración democrática".

Y es que, a su juicio "solo una interpretación absolutamente abierta de esta norma penal, casi como si fuera una norma penal en blanco, permitiría enmarcar los hechos en el artículo 573 del Código Penal", que recoge los delitos de terrorismo.

Tampoco se puede acudir a la definición del 573 de terrorismo como algo que provoca un "estado de terror en la población" solo por el hecho de que los agredidos sintieran "miedo, pánico o terror": "Que las personas se sientan aterrorizadas no lleva consigo esa finalidad de aterrorizar a la población".

La abogada ha descartado también el terrorismo porque no se trata de hechos "graves", tal y como requiere el artículo 573, y porque el movimiento Ospa (Fuera) de expulsión de las fuerzas de seguridad del Estado de País Vasco y Navarra, en el que la Fiscalía enmarca los hechos, no ha sido denunciado por el propio ministerio público como un movimiento terrorista.

Para Izko, tampoco el movimiento antecesor de Ospa, Alde Hemendik (Fuera de aquí), es parte de la estrategia de ETA y de ser así debe probarse, cuando en el juicio solo se han expuesto "afirmaciones huérfanas de prueba".

Estos movimientos, ha defendido, no son terroristas sino de "denuncia de actuaciones policiales de la Guardia Civil, de la Policía Foral y de la Policía Nacional, que se consideran represivas, abusivas, que se consideran excesos o una excesiva presencia policial en localidades de Navarra".

Para la abogada, la tesis de la Fiscalía de que la estrategia de ETA sigue presente contrasta con "la terca realidad política y sociológica que se vive en el País Vasco y Navarra y en el resto del Estado español". Respecto a sus defendidos, ha reconocido que Unamuno discutió especialmente con el teniente dentro del bar Koxka, pero que fue por unas multas que le había puesto y ha añadido que no se ha probado que participase en la agresión.

Tampoco se ha probado, a su juicio, que la joven acusada dijera a los agentes: "Esto es lo que vais a tener cada vez que bajéis del cuartel". De haberlo hecho, fue para Izko una "frase de mal gusto que no se debió decir", pero no un delito de amenazas terroristas "real, serio y persistente" que merezca 12 años y medio de cárcel.

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