Paro
Día de cobro del paro y otras prestaciones en marzo de 2023
Las prestaciones por desempleo como el paro o el ERTE se cobrarán a principios de este mes de marzo con la subida de las cuantías de las ayudas a partir del sexto mes incluida.
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Los 2.837.653 de desempleados que hay en España están esperando a cobrar el paro en este mes de marzo de 2023. El organismo encargado de realizar el ingreso de estas ayudas para el parado y el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en España es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El SEPE es la entidad adscrita al Ministerio de Trabajo y Economía Social que sustituye al desaparecido Instituto Nacional de Empleo (INEM) desde 2003. Esta entidad promueve, diseña y desarrolla medidas para el empleo, recogidas dentro del derecho laboral.
Este mes de marzo de 2023, todas las personas que tengan el derecho a cobrar el paro o un ERTE lo harán dentro del plazo de los primeros quince días de este mes. El ingreso de los subsidios es, por lo general, el día 10 de cada mes, pero este número es orientativo porque el SEPE tiene acuerdos con algunas entidades bancarias por lo que estos ingresos se adelantan a los días que van del 3 al 10 de cada mes. Asimismo, estas retribuciones se pueden adelantar aún más si la fecha de ingreso recae en fin de semana o en día festivo.
El Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) se cobra dentro de los mismos plazos que el subsidio por desempleo, dentro de los quince primeros días de cada mes.
La novedad en el cobro de las prestaciones por cese del empleo es que la cuantía de estas ayudas aumenta al 60% a partir del sexto mes y también asciende el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y con este indicador suben los importes mínimos y máximos de las ayudas por fin de trabajo.
Además, existe el paro por desempleo indefinido para las personas mayores de 52 años que hayan cotizado al menos 15 años y que hayan agotado su prestación por desempleo. No podrán acceder a esta ayuda quienes no cumplan estos requisitos ni quienes tengan rentas propias con un cómputo mensual superior al 75%.
Asimismo, a partir del 1 de julio de 2023 entrará en vigor una prestación para personas desempleadas que se dediquen a actividades artísticas. Quienes se encuentren en esta situación deben acreditar que están en situación legal de desempleo con 60 días cotizados en los últimos 18 meses; así como estar demostrar estar dado de alta en la Seguridad Social 180 días en los 6 años anteriores a la actual situación de desempleo, son haber recibido ninguna prestación previa y habiendo desempeñado actividades artísticas.
Las ayudas como el paro se pueden solicitar ya en los quince días siguientes a que ocurra el cese del empleo o el ERTE. El principal requisito para cobrar el paro es estar desempleado por un despido o un final de contrato, por un ERTE en el que se reduce la jornada entre un 10% y un 70% o por un contrato de trabajo fijo discontinuo.
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