Dani Alves

La Fiscalía recurre la absolución de Dani Alves y asegura que se "ha condenado moralmente" a la víctima

La Fiscalía argumenta que el TSJC ha "condenado moralmente" a la joven al cuestionar su fiabilidad, tras decretar la absolución de Dani Alves.

Dani Alves abandona la sede del TSJC, junto a su abogada Inés Guardiola

Dani Alves abandona la sede del TSJC, junto a su abogada Inés GuardiolaEfe

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Más de un mes después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictaminara la absolución de Dani Alves, condenado el 22 de febrero de 2014 a cuatro años y medio de cárcel por violar a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022, la Fiscalía ha recurrido este miércoles dicha decisión en un escrito en el que estima que la Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha "condenado moralmente" a la víctima al cuestionar su fiabilidad, mediante una interpretación "cruel y arbitraria" de una prueba biológica clave.

En su escrito, el fiscal Fidel Cadena sostiene que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) interpreta erróneamente una prueba biológica cuando afirma que la denunciante tenía restos de semen -esmegma- de Alves en la boca, lo que contradice la versión de la joven de que no practicó ninguna felación al futbolista.

Para el ministerio público, esa conclusión del TSJC -que fue clave en la absolución de Alves- es equivocada, dado que los informes periciales "dejan claro" que la presencia de ADN del acusado en la boca de la joven "puede deberse a besos, bebida compartida o contacto con células epiteliales distintas del pene".

Según el fiscal, "la valoración de la prueba pericial, la anulación de la fiabilidad del testigo" y la introducción de la hipótesis de la felación "contra cualquier principio científico" es "completamente arbitraria y cruel para la joven, a la que se condena moralmente y se convierte en no fiable".

Las razones que llevaron al TSJC a absolver a Dani Alves

En sus argumentos para absolver al exfutbolista brasileño, el TSJC argumentó que la sentencia de culpabilidad decretada por la Audiencia de Barcelona emplea el término credibilidad como sinónimo de fiabilidad "y no lo es". La Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya señaló el pasado 28 de marzo que el tribunal de instancia en su resolución presentaba "vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias", llegando a reconocer que la versión de la denunciante no se corresponde con lo que se observa en las cámaras de seguridad.

"Consideramos que la divergencia entre lo relatado por la denunciante y lo realmente sucedido compromete gravemente la fiabilidad de su relato", apuntó el TSJC en su sentencia de absolución.

La abogada penalista Beatriz de Vicente analizó en Antena 3 Noticias la decisión del TSJC de absolver a Dani Alves y explicó que "si hay dudas, la justicia no puede resolver en contra del acusado.

"La clave del caso está en tres pruebas objetivas: grabaciones de cámaras, una prueba biológica y huellas dactilares. Estos elementos no son acordes al relato de la denunciante. La hipótesis exculpatoria no ha de ser probada; ha de ser probada la de la acusación", aclaró el pasado 28 de marzo Beatriz de Vicente.

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