Eutanasia

El TSJC avala la eutanasia de Noelia pero admite que la familia pueda recurrir

El alto tribunal catalán confirma que la joven cumple los requisitos para la ayuda a morir, pero reconoce legitimación a su padre para oponerse y agotar la vía judicial, lo que mantiene viva la posibilidad de nuevos recursos y dilaciones.

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de CataluñaEuropa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado un paso clave en el caso de Noelia, la joven parapléjica cuya solicitud de eutanasia fue validada por los equipos médicos hace más de un año: avala que cumple los requisitos legales para acceder a la ayuda para morir.

Al mismo tiempo, el tribunal reconoce el derecho de su padre a recurrir la decisión administrativa-sanitaria, lo que abre la puerta a que el procedimiento continúe judicializado y, en la práctica, la aplicación se demore si se interponen nuevos recursos.

La Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo desestima en lo sustancial los intentos de bloquear el acceso de Noelia a la eutanasia, al considerar que reúne las condiciones establecidas por la ley y por las comisiones de garantía y evaluación.

Pero, al mismo tiempo, estima parcialmente que los familiares, en este caso, el padre, están legitimados para impugnar la autorización y solicitar medidas cautelares.

Esa combinación, validar el fondo, pero abrir la vía impugnatoria, permite que el litigio pro siga y, por tanto, que la ejecución pueda suspenderse si se piden y acuerdan cautelares mientras no haya sentencia firme o resoluciones superiores.

Una agonía atrapada en la vía contenciosa

El caso de Noelia simboliza la tensión entre el derecho individual a la muerte digna y la capacidad de terceros para dilatar su ejercicio a golpe de recursos. En el auto se subraya que, aunque el procedimiento sanitario se ajusta a derecho, la oposición familiar puede prolongar los plazos si se acude, por ejemplo, al Tribunal Supremo.

Eso deja a la paciente, ingresada en un centro sociosanitario y sedada de forma subcutánea por dolores que le impiden conciliar el sueño, en un limbo procesal en el que cada trámite cuenta.

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia fija un itinerario garantista (solicitudes sucesivas, informes clínicos, control de una comisión de garantía y evaluación).

El TSJC, en consonancia con ese marco, ratifica la idoneidad del expediente, pero no cierra la puerta a la tutela judicial que invoca la familia. Traducido a efecto práctico: Noelia puede acceder a la ayuda a morir; su padre puede impugnarlo; y si hay nuevas medidas cautelares, la aplicación puede quedar en suspenso hasta que exista resolución firme.

El fallo del TSJC no agota la vía judicial. Si la parte recurrente acude al Supremo y este admite el recurso, podrían prolongarse los tiempos. Si, por el contrario, no hay nuevas cautelares o estas se deniegan, el acuerdo sanitario que autoriza la eutanasia recuperaría su ejecutividad y Noelia podría ejercer el derecho que le reconoce la norma.

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