Publicidad
SUFRIÓ QUEMADURAS LEVES
Una mujer intenta quemarse a la bonzo en unos juzgados de Madrid
La mujer irrumpió en los Juzgados de Primera Instancia de Capitán Haya presuntamente porque había sido desahuciada. No obstante, el TSJM ha aclarado que ella misma había demandado la ejecución de una sentencia para proceder a la extinción de la comunidad de bienes con su pareja en el inmueble y que, durante el proceso posterior, "nunca presentó recurso alguno".
Una mujer de 52 años ha sufrido quemaduras leves tras intentarse quemarse ella misma en los Juzgados de Primera Instancia de Capitán Haya, han indicado fuentes de Emergencias 112 Comunidad de Madrid. Las mismas fuentes han indicado que la mujer ha sido trasladada en una ambulancia convencional al Hospital de La Paz. Al parecer, se había prendido fuego en el pelo y en un abrigo que portaba.
Agentes de la Policía Nacional destinados en el distrito de Tetuán han acudido a la zona tras recibir el aviso de que una mujer había tratado de suicidarse quemándose a lo bonzo. Fuentes conocedoras del caso recalcan que la mujer había irrumpido en los Juzgados de Instrucción porque había sido desahuciada. También se baraja como hipótesis que tuviera algún trastorno mental.
En relación a este incidente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido un comunicado detallando que la mujer había demandado la ejecución de una sentencia para proceder a la extinción de la comunidad de bienes que ostentaba con su pareja en un inmueble de un barrio madrileño. Expone que fue la propia mujer la que solicitó la demanda de ejecución de sentencia, interesando la subasta pública de la vivienda por los trámites del procedimiento de apremio de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.
Tras el despacho de ejecución y los trámites legales previos, se tasó la vivienda y se sacó a subasta en junio pasado teniendo ella "pleno conocimiento de las condiciones, en un asunto en el que estaba personada con abogado y procurador". La subasta tuvo lugar "sin que se impugnara", por lo que se dictó decreto de aprobación de remate, en cumplimiento del trámite legal.
En el pasado mes de octubre se le notificaba que disponía de un mes para desalojar la finca subastada bajo apercibiento de lanzamiento. Tampoco en ese momento "presentó recurso alguno contra el mismo ni solicitó la prórroga de un mes prevista legalmente para el supuesto de que la vivienda a desalojar sea el domicilio habitual del ejecutado", zanja el TSJM.
Publicidad