Condena

Condenado a cuatro años de cárcel el exdirector de Trabajo de Andalucía Daniel Alberto Rivera en una pieza del caso de los ERE

Daniel Alberto Rivera también está condenado a pagar 682.598 euros.

Daniel Alberto Rivera

Daniel Alberto RiveraEUROPAPRESS

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El exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera ha sido condenado a cuatro años y un mes de cárcel en una pieza separada del caso de los ERE fraudulentos por las ayudas a catorce extrabajadores de la empresa Fertiberia por los presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos. También se le condena a pagar 682.598 euros, la cantidad que corresponde a las ayudas fraudulentas a los 14 extrabajadores. Además, la sentencia también condena a Rivera a diez años y un mes de inhabilitación absoluta.

Con todo, los magistrados absuelven de dichos delitos a un exdirigente de CCOO y al propio sindicato como responsable civil subsidiario. En cuanto al primero, la Audiencia argumenta que "no se ha podido probar que existiera una contribución eficiente y causal"del exdirigente sindical más allá de su presencia en una reunión entre el comité de empresa y el entonces delegado de Empleo en Sevilla. La Fiscalía Anticorrupción solicitó en el juicio para los dos acusados cinco años de cárcel y doce años de inhabilitación absoluta, además de que, en concepto de responsabilidad civil, el representante sindical indemnizara con 2.262.666,61 euros a la Junta, y que el ex alto cargo de la Junta restituyera de aquella cantidad el importe de 682.598,50 euros.

El tribunal considera probado que en octubre de 2003 Fertiberia interesó la tramitación de un ERE para extinguir 166 puestos de trabajo, aprobado por acuerdo entre empresa y trabajadores en diciembre de ese mismo año. Los trabajadores podían optar por ser incluidos en un plan de prejubilaciones mediante póliza de seguro en la que aparecía como tomador Fertiberia o por percibir una indemnización de 20 días de salario bruto por año de servicio con un máximo de 12 meses. También se acordaron 77 traslados geográficos de los centros de la empresa en Cartagena y Sevilla y 12 de los trabajadores afectados terminaron su relación laboral con Fertiberia mediante una baja incentivada entre marzo y mayo de 2004.

Estos doce trabajadores, añaden los magistrados, tenían tenían la intención, una vez desvinculados de la empresa, de recabar la ayuda de la Dirección de Trabajo para poder conseguir las condiciones de prejubilación a las que no habían accedido en el ERE. Para esto, remitieron una solicitud individualizada y otra de forma colectiva al entonces titular de la Dirección General de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, y al delegado provincial de Empleo. En octubre de 2004, Guerrero comunicó a la consultara Vitalia la conformidad de su departamento a suscribir una póliza por cada uno de los doce extrabajadores de la empresa "a fin de facilitar la obtención de las condiciones de prejubilación a las que no habían podido acceder en el ERE".

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Supremo, recoge que la cantidad total a abonar ascendía a 2.162.608,44 euros, importe del que correspondía pagar a los antiguos trabajadores 541.509,18 euros, mientras que el resto sería abonado por la Junta, aunque después el monto a abonar por la Administración autonómica ascendió hasta los 1.947.931,30 euros en virtud de doce suplementos de pólizas que aumentaron la deuda por intereses moratorios debidos a impagos.

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