Regularización

La verificación de antecedentes penales, el mayor desafío en la regularización de migrantes: "Es imposible conocerlos todos"

La Policía alerta de la dificultad para verificar los certificados, mientras desde Interior Gobierno asegura que cumple con todas las garantías legales.

Claves de la regularización extraordinaria de migrantes: requisitos y plazos

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Hoy es el primer día para las personas migrantes en situación irregular o solicitantes de Protección Internacional en España que hayan llegado antes del 1 de enero de 2026 puedan solicitar su regularización.

De momento, el proceso solo puede hacerse de forma online a través de la web del Ministerio de Inclusión. Aunque a partir del lunes 20 de abril, quienes hayan solicitado cita previa, podrán ser atendidos de manera presencial en las oficinas habilitadas. El plazo de solicitudes estará abierto hasta el 30 de junio.

El Real Decreto que regula esta regularización extraordinaria establece dos requisitos básicos. El primero es haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026 y demostrar una permanencia continua de al menos cinco meses, así como no tener antecedentes penales, ni en España ni en el país de origen, así como no representar una amenaza para la seguridad o la salud pública.

Entre los documentos necesarios, las autoridades piden la solicitud oficial disponible en el portal de Regularización, una copia del pasaporte o documento de viaje, pruebas que acrediten la estancia en España antes del 1 de enero, y un certificado de antecedentes penales tanto de España como de los países donde la persona haya vivido durante los últimos cinco años.

Según las autoridades policiales, uno de los puntos más complicados del proceso es verificar los antecedentes penales. El inspector jefe de la Policía Nacional, Serafín Giraldo, advierte que "a día de hoy es imposible conocer los antecedentes de determinadas personas en sus países de origen. Ni siquiera están informatizados".

Desde el ámbito judicial, el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, Edmundo Rodríguez, defiende que supeditar la regularización únicamente a los antecedentes policiales "sería contrario a la Constitución y a la presunción de inocencia". Y subraya que "es un procedimiento muy exigente, en el que los requisitos que se tienen que atender son muchos".

Se admite documentación caducada

Los sindicatos policiales también comparten ciertas dudas, ya que el portavoz de Jupol, Ibón Domínguez, recuerda que "a pesar de que haya un informe desfavorable por antecedentes policiales, eso no supondrá que de forma automática se le deniegue, lo dice el propio BOE".

Por su parte, Ana Alarcón portavoz del Sindicato Unificado de Policía (SUP) señala que cada caso "queda sujeto a una valoración administrativa" y explica que "se admite documentación incluso caducada".

Ahora bien, Giraldo advierte que "se producirán regularizaciones de personas que han cometido delitos pero que aún no han sido juzgadas". Sin embargo, desde el Ministerio del Interior recalcan que el proceso cumple con todas las garantías legales.

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