Alberto Rodríguez

El Supremo pide al Congreso el día de inicio de inhabilitación del diputado Alberto Rodríguez de Unidas Podemos

El Supremo necesita saber el día de inicio de inhabilitación de Alberto Rodríguez para realizar la liquidación de su condena como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

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El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha solicitado al Congreso que envíe el informe indicando la fecha de inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación impuesta a Alberto Rodríguez, diputado de Unidas Podemos.

Alberto Rodríguez fue condenado por la sala II del Supremo como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La sentencia lo condena a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para elderecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La pena de prisión se sustituye por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros).

La sala absuelve al diputado de Unidas Podemos de un delito leve de lesiones como consecuencia de la despenalización de las faltas en 2015, aunque tendrá que pagar 50 euros como indemnización de responsabilidad civil al agente del Cuerpo Nacional de Policía al que, según los hechos probados, propinó una patada en una manifestación en 2014 en La Laguna (Tenerife).

El oficio dirigido hoy a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet para que remita dicho informe es un nuevo gesto del pulso que mantienen por este caso ambas instituciones a la hora de ejecutar la condena ya que justo este martes la Mesa del Congreso consideró adecuado el informe de los letrados que mantiene que Alberto Rodríguez debe mantener su acta y su escaño tras haber abonado la multa de 540 euros que le impuso el Supremo.

Para los letrados de la cámara baja la condición de diputado de Rodríguez no queda afectada porque no concurre "ni la causa de incompatibilidad sobrevenida contemplada en el apartado 2 en relación con el apartado 4 del artículo 6 de la Loreg" ni los artículos 21 y 22 del Reglamento del Congreso. Sin embargo tanto PP, C's y Vox han urgido a la JEC que emita un informe diferente al de la Mesa y reconsidere la retirada del acta al diputado.

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