117.994500

Publicidad

Coronavirus

La Audiencia Nacional admite el recurso de la Comunidad de Madrid contra las restricciones de Sanidad

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso de la Comunidad de Madrid contra la orden del Ministerio de Sanidad que impone restricciones y confinamiento perimetral en varias localidades de la región.

La Comunidad de Madrid ha comunicado que la Audiencia Nacional (AN) ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo que presentó el Gobierno regional contra la orden del Ministerio de Sanidad que desde este viernes a las 22:00 horas ha impuesto restricciones de movilidad y de aforo, entre otras, en la región.

A partir de ahora, la Audiencia Nacional concede diez días hábiles a la Abogacía del Estado para que se pronuncie sobre las medidas cautelares, lo que implica que si se agota el plazo, podría contestar el 20 de octubre y la Sala resolvería a continuación.

Desacuerdo político

La Comunidad de Madrid presentó su recurso este viernes con un escrito de 17 páginas argumentando su posición pero, sin embargo no solicitó medidas cautelarísimas por lo que las medidas entraron en vigor en la noche de este viernes y ya se están aplicando en toda la región.

El Gobierno presidido por Isabel Díaz Ayuso solicitó, en cambio, medidas cautelares, que es precisamente a lo que se ha respondido este sábado la Audiencia Nacional.

En el recurso se argumenta que estas medidas invaden competencias autonómicas, no son proporcionales y que podrían violar derechos fundamentales contemplados en la Constitución, como el de la libertad de movimientos.

¿Cuáles son las medidas?

El nuevo confinamiento perimetral ordenado por el Gobierno permite la libertad de movimientos dentro de los municipios afectados, pero impide entrar o salir de ellos salvo por causas justificadas como ir a trabajar, al colegio o universidad, para cuidar a personas mayores o dependientes o para hacer gestiones oficiales.

Si no se tiene uno de esos motivos, sí se puede atravesar esos municipios siempre que el destino final este fuera de los límites del termino municipal.

Aplicando estas normas, los viajeros que lleguen a Madrid - sea en autobús, tren o en avión- no pueden alojarse en la capital ni en ninguna de las ciudades afectadas. Solo podrán hacerlo si son residentes en esas ciudades o vienen por alguno de los motivos justificados y con justificante, que se puede descargar aquí.