La titular del juzgado de primera instancia número 46 de Barcelona, Maria del Remei Vergés ha acordado mantener solo sobre Diego Torres la prohibición de difundir correos electrónicos que afecten a la intimidad de Iñaki Urdangarin, pero no sobre los medios de comunicación a los que también demandó el duque de Palma.
En un auto, la jueza ha resuelto así confirmar la medida cautelar que ella misma impuso el pasado abril a Diego Torres, a petición de Urdangarin, a raíz de la demanda por vulneración del derecho a la intimidad que el duque presentó contra su ex socio y siete medios de comunicación.
Inicialmente, la medida cautelar afectaba no solo a Diego Torres, sino también a los grupos editoriales contra los que el marido de la infanta Cristina dirigía su demanda, pero la jueza ha acordado ahora levantar la prohibición a los medios al considerar que resultaría una decisión "incierta e ineficaz", dado que ni siquiera hay constancia de que estén en posesión de los correos íntimos.
"Es un hecho indubitado que Diego Torres dispone de los correos controvertidos"
Para resolver sobre las medidas cautelares, la jueza convocó hace quince días una vista para escuchar los argumentos de las partes, en la que Torres, que compareció como testigo, aseguró que nunca había remitido correos a los medios, ni concedido entrevistas ni efectuado declaraciones sobre los mismos y que, además, actualmente no tiene ningún correo de Urdangarin.
Sin embargo, para la jueza, "es un hecho indubitado que Diego Torres dispone de los correos controvertidos", ya que parte de ellos han sido aportados por él mismo a la causa que instruye el juez José Castro por el desvío de fondos del Instituto Nóos que dirigía junto a Iñaki Urdangarin.
En opinión de la magistrada, "ha quedado acreditado y es notorio", por lo que ha acontecido en la instrucción de Nóos, que Torres puede acceder a los correos del duque, por lo que acuerda mantenerle la medida cautelar "en prevención de que pudiera decidir filtrarlos a cualquier medio de comunicación y con ello frustrar la protección a la intimidad" que el duque de Palma solicita.
Además, razona la magistrada, "no hay justificación para legitimar que unos medios de comunicación vean limitado su derecho a la información y otros medios no, cuando previa a la interposición de la demanda otros medios publicaron noticias similares a las publicadas por los demandados y no se han visto perjudicados".