Novedades en la situación de los presos del procés. El Gobierno ha confirmado este miércoles que la próxima semana comenzará a tramitar los indultos a los condenados. El anuncio llega en plena negociación de los presupuestos y coincide con el tercer aniversario del referéndum ilegal del 1 de octubre en Cataluña.
Indultos para los condenados
Ha sido la sorpresa de la sesión de control en el Congreso de los Diputados. El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha anunciado que los indultos para los condenados en el juicio del 'Procés' comenzarán a tramitarse la próxima semana. Ha dicho textualmente que "en cuanto a este Ministerio se refiere, también está tramitando los indultos. Por cierto, esos que a usted le preocupan, porque les toca, empezarán a tramitarse la semana que viene", ha dicho Campo en respuesta a preguntas de la diputada de JxCAT Laura Borràs sobre "la deriva" de la justicia española.
Los presos quieren la amnistía
Laura Borrás ha asegurado en los pasillos del Congreso que "nos ha cogido totalmente por sorpresa" y ha asegurado que esta tramitación puede "durar años" y que "no significa" que los indultos "sean concedidos". Además la diputada ha exigido que una solución política y ha defendido una amnistía. Asegura que según Òmnium Cultural, hay 2.850 represaliados del independentismo
En agosto se presentó la última petición
La última petición de indulto para los condenados del 'Procés' se presentó el pasado mes de agosto. Fue a favor de la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, y se sumaba a las ya presentadas para los doce líderes independentistas condenados por sedición. El proceso de un indulto puede durar más de seis meses y el trámite de solicitud por particulares puede llevarse a cabo por los propios penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre.
Cada solicitud se someterá a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, después de pase por el Ministerio Fiscal. Si se concede debe hacerlo el Rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, y debe acordarse mediante Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.