Jornada laboral
Estos son los sectores que verán suspendida o restringida su jornada laboral durante las olas de calor
La medida afectará a los trabajadores que en el desempeño de sus funciones se ven sometidos a altas temperaturas
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El Consejo de Ministros de este jueves aprobará una batería de medidas para suspender o limitar la jornada laboral de aquellos trabajadores expuestos al calor extremo, principalmente los que desarrollan su actividad al aire libre.
Estas medidas se enmarcan dentro del plan nacional de actuaciones preventivas de los efectos del exceso de temperaturas sobre la salud que todos los años pone en marcha el Ejecutivopara reducir la mortalidad "por enfermedades cardiovasculares y respiratorias".
La normativa del Gobierno contempla varios supuestos: calor extremo, que conllevará la prohibición del desarrollo de algunas tareas a determinadas horas del día y alerta naranja o roja, que supondrá la reducción de la jornada laboral o a la redistribución del trabajo. Además, las empresas tendrán que poner en marcha otras medidas adaptadas a la meteorología para proteger a los empleados.
Adaptar el mercado laboral al cambio climático
La intención del Ejecutivo es modificar el reglamento de prevención de riesgos laborales, tal y como ha detallado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. "El cambio climático ha llegado a la vida de la gente. Es real. Vamos a prohibir el desempeño de actividades profesionales cuando la AEMET diga que estamos en alerta roja o naranja. Han fallecido trabajadores ante golpes de calor. Ahora emprendemos modificaciones legislativas para no trabajar en jornadas laboralescuando exista alerta naranja o roja", ha incidido la ministra.
¿A qué sectores afecta?
A falta de conocer el texto definitivo, los cambios que quiere introducir el departamento que lidera Yolanda Díaz afectarán a sectores como la agricultura, construcción, hostelería o limpieza. También habrá modificaciones para los trabajadores del sector de la mensajería, la comida a domicilio, jardineros o carteros, así como aquellos que en el desempeño de sus funciones se ven sometidos a altas temperaturas.
Quedan exentos por tanto aquellos empleados cuyo trabajo sea considerado esencial, como sanitarios, policías, bomberos, socorristas o agentes forestales. No obstante, Trabajo pretende obligar a las empresas y administraciones de adoptar medidas como utilizar prendas ligeras y transpirables.
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