Declaración de la renta

Estos son los requisitos que tienes que cumplir para desgravar el alquiler en la declaración de la renta en Madrid

¿Vives de alquiler y no sabes como desgravar este concepto en la declaración de la renta? A continuación te contamos qué tienes que hacer.

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Ha llegado la hora de rendir cuentas con 'papá Estado'. Este martes ha arrancado la declaración de la renta en modalidad online y en las próximas semanas todos los contribuyentes han de ir pasando por la lupa de Hacienda.

Esta campaña, como todas las anteriores, introduce peculiaridades que hace que estar enterada de todas los conceptos que se pueden desgravar resulte muy útil. Así que para que cada euro cuente, vamos a explicar cómo incluir el alquiler en la renta 2023.

Por si queda algún despistado la Declaración de la Renta de 2023 recoge el período impositivo previo, es decir el ejercicio correspondiente a 2022. Por lo tanto es importante tener claro que tanto aquellas personas que el año pasado vivieron de alquiler como quienes siendo propietarios de una vivienda la alquilaron han de reflejarlo en la campaña de este curso.

Para quienes llevan alquilados desde antes del 1 de enero de 2015 y cumplen los requisitos necesarios las casillas a tener en cuenta son la 562 y la 563. En el caso de los contribuyentes de la Comunidad de Madrid hay un hueco específico para ellos es la 1043.

Es importante destacar que han de aplicarse las deducciones de la comunidad en la que se reside y en el caso del alquiler, en el caso de los pisos compartidos cada contribuyente puede deducirse lo que realmente haya pagado.

Requisitos para desgravar en Madrid

Los inquilinos podrán deducir el alquiler de la vivienda, y en la Comunidad de Madrid se podrá desgravar el 30% de las cantidades pagadas por este servicio. el límite máximo de deducción será de 1.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.

  • En temas de edad hay que saber que el contribuyente ha de ser menor de 35 años, pero si durante el periodo impositivo ha estado en situación de desempleo y soporta cargas familiares, entonces la horquilla de edad se extiende a los 40 años.
  • Que la base imponible general y del ahorro no supere los 25.620€, y que la suma de la base imponible general y del ahorro de la unidad familiar no supere los 60.000 euros.
  • Las cantidades pagadas por el alquiler ha de superar el 20% de la suma de base imponible y del ahorro del contribuyente.

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