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LAS CLAVES

Todo lo que debes saber sobre la declaración de la renta

La Campaña de la Renta de 2018 comenzará el próximo 2 de abril para la presentación por Internet y por teléfono y se prolongará hasta el 1 de julio. Te contamos las novedades y todo lo que debes saber sobre este ejercicio fiscal.

La Agencia Tributaria pondrá desde este viernes a disposición de los contribuyentes los datos fiscales y la 'app' actualizada, que contará con mejoras, para la Campaña de la Renta de 2018, que comenzará el próximo 2 de abril y se prolongará hasta el 1 de julio, según han confirmado fuentes de la Agencia Tributaria.

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2018 comenzará el próximo día 2 de abril para la presentación por Internet y por teléfono, y se prolongará hasta el día 1 de julio, según el calendario del contribuyente elaborado por la Agencia Tributaria.

Los contribuyentes que prefieran que sea la Agencia Tributaria la que les llame para la presentación de su declaración, pueden concertar cita previa a partir del 1 de abril, por Internet y por teléfono, mientras que los que opten por la presentación presencial podrán hacerlo a partir del 14 de mayo.

En la campaña de este año se incluyen ocho cambios a tener en cuenta respecto a ejercicios anteriores.

Deducción por maternidad

Aumenta mil euros para aquellas contribuyentes que tengan gastos de custodia (alimentación, inscripción y matrícula en guardería) por cada hijo menor de tres años.

Excención de las retenciones por baja de maternidad

La prestación por maternidad está exenta de IRPF tras la sentencia del Tribunal Supremo.

Reducciones por rendimientos de trabajo

Se eleva la reducción desde 3.700 a 5.565 euros para contribuyentes con salarios brutos anuales inferiores a 13.115 euros, frente a los 11.250 euros de 2017.

Deducción por familia numerosa

Se incrementa hasta 600 euros anuales por cada hijo que supere el número mínimo para ser considerado familia numerosa, es decir, a partir del tercero.

Se suprime la predeclaración

Asimismo, el Ministerio de Hacienda ha decidido suprimir la denominada 'predeclaración' en papel porque esos documentos generaban en ocasiones duplicidades de presentación que posteriormente había que depurar y podían generar retrasos en el caso de las rentas con resultado a devolver, según han explicado fuentes de la AEAT.

La eliminación de la predeclaración figura en la orden ministerial publicada este miércoles en el Boletín oficial del Estado (BOE), por el que se aprueba el modelo 100 de IRPF para la próxima declaración, cuya campaña comienza el 2 de abril y finalizará el próximo 1 de julio. En concreto, este año desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT.

Hasta ahora, los contribuyentes podían realizar su declaración a través de la plataforma digital de la AEAT y descargarse el modelo cumplimentado de declaración antes de confirmarlo, de forma que los datos quedaban ya registrados e incluidos en la base de datos de la Administración Tributaria.

En algunos casos los contribuyentes podían confundirse al pensar que habían realizado la declaración, cuando no llegaban a confirmarla, y en otras ocasiones los contribuyentes que optaban por esta opción procedían a imprimir el modelo tributario con el resultado para poder consultarlo con su asesor o su entidad financiera. Esto generaba duplicidades y retrasos porque en algunas ocasiones el asesor o el banco lo presentaba también En su lugar, la declaración deberá presentarse por medios electrónicos a través de Internet, en la sede electrónica de la AEAT, a través del teléfono, o en las oficinas de la AEAT previa solicitud de cita, así como en las oficinas habilitadas por las comunidades autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y entidades locales para la confirmación del borrador de declaración.

Si la declaración fuera a ingresar el contribuyente podrá domiciliar el ingreso, ingresar obteniendo un número de referencia completo (NRC) de su entidad bancaria o bien podrá efectuar el pago a través de un documento para el ingreso en una entidad colaboradora que deberá imprimir y proceder a efectuar dicho ingreso.

Se podrá imprimir la vista previa del borrador

En cualquier caso, el contribuyente podrá imprimir, igual que en años anteriores, una vista previa de su borrador, si lo que quiere es chequear en formato físico antes de presentar, han precisado fuentes de la AEAT. Eso sí, esta impresión de la vista previa no servirá para la presentación física. Desde el organismo recuerdan que en el año 2014 ya se eliminaron las declaraciones 'a bolígrafo', en un contexto de paulatino incremento de las declaraciones por Internet, que posteriormente se vio reforzado por la creación de Renta Web o el adelanto de los servicios de asistencia, entre otros.

De hecho, la pasada campaña se cerró con un porcentaje de presentación por Internet del 87% con respecto al total de presentaciones de Renta, cuando a principios de la actual década el porcentaje no alcanzaba el 50%.

Esta evolución ha supuesto también una aceleración de las presentaciones en el primer tercio de campaña, el que se corresponde con la presentación no presencial. El pasado año en este periodo se habían presentado ya 776.000 declaraciones más que en el mismo periodo del año previo. De ese incremento, 235.000 fueron contribuyentes que un año antes esperaron a recibir asistencia en las oficinas a partir de mayo y, sin embargo, el año pasado ya sí aprovecharon las distintas vías de ayuda no presencial para acelerar el proceso y, en su caso, la devolución, evitándose desplazamientos a las plataformas de asistencia presencial.

Además, cerca de un tercio de los contribuyentes que hace dos años acudieron a las oficinas de la Agencia para que se les ayudara a confeccionar sus declaraciones y que, sin embargo, no hicieron ninguna modificación con respecto a los cálculos iniciales que les propuso la AEAT, el pasado año ya sí optaron por vías no presenciales, evitándose así desplazamientos y teniendo la oportunidad de recibir antes, en su caso, la devolución que les correspondiera.

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