Publicidad

LA GENERALITAT DICE SEGUIR LIDERANDO EL PROCESO

Los cargos públicos que participen en el 9-N pueden ser acusados de desobediencia y prevaricación

La pena por prevaricación es la inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 7 a 10 años.  En caso de desobediencia, un delito más leve, la sanción también es la inhabilitación pero por un máximo de dos años.

La pseudoconsulta convocada en Cataluña puede incurrir en varios delitos, entre ellos, el de desobediencia y el de prevaricación, según indicaron fuentes jurídicas.

En el caso de que hubiera responsables del Departamento de Enseñanza de la Generalitat o de ayuntamientos que hayan impartido instrucciones o autorizaciones verbales o escritas para la utilización de los centros escolares para el proceso, contraviniendo la suspensión de lo acordado por el Tribunal Constitucional, podrían caer en prevaricación, tal y como establece el artículo 404 del Código Penal.

El citado artículo establece que "a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 7 a 10 años".

Las fuentes recuerdan que los directores de los centros educativos tienen la consideración de autoridad pública. Por otra parte, indican que las autoridades municipales que acuerden ceder locales para el proceso estarían adoptando una resolución contraria a la Providencia del TC y, por tanto, manifiestamente injusta, a sabiendas, con lo cual estarían cometiendo prevaricación.

Por otro lado, las autoridades o funcionarios públicos caerían en desobediencia, tal y como determina el artículo 410 del Código Penal en el caso de "que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales".

Si se diese tal hecho incurrirían "en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años". En el apartado 2 del artículo 410 se dice que "no incurrirán en responsabilidad criminal" las autoridades o funcionarios que no den cumplimiento a un mandato que constituya una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley o de cualquier otra disposición general.

Publicidad

Las declaraciones de María Jesús Montero

"Denuncias falsas" y "ataques directos": ¿Qué opina María Jesús Montero sobre la situación de Pedro Sánchez?

La vicepresidenta del Gobierno ha empatizado con la postura del Presidente y ha expresado que va a "respetar su silencio".

Begoña Gómez y Pedro Sánchez

El lado más personal de Begoña Gómez, desde el principio no temió a los focos y dio la cara por su marido

Según los amigos y las personas más cercanas al matrimonio, Pedro Sánchez y Begoña Gómez se conocieron en una fiesta universitaria en el año 2000. Hace 24 años del inicio de su historia de amor, marcada por el camino a la Moncloa que iniciaron hace 10 años.