DGT

Las 'zonas de bajas emisiones' llegarán a muchos municipios de España a partir de 2023

En 2023, la 'zona de bajas emisiones' comenzará a funcionar en municipios que superen los 50.000 habitantes.

La 'zona de bajas emisiones' de Madrid

La 'zona de bajas emisiones' de Madrid Archivo

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Las 'zonas de bajas emisiones' como las de Madrid y Barcelona están a punto de llegar a otras ciudades, probablemente 2022 será el último año sin ellas en unos 150 municipios de España que superan los 50.000 habitantes. Como se hace en las dos ciudades en las que ya funciona este mecanismo, las famosas etiquetas de la DGT 'B', 'C', 'ECO' y 'CERO' van a condicionar los coches que podrán circular por ciertas áreas, sobre todo del centro de las ciudades.

Para la DGT, estas etiquetas ambientales son una manera de clasificar los vehículos dependiendo de su eficiencia energética. Con esta iniciativa lo que se pretende es regular y minimizar el impacto medioambiental que provocan las emisiones de CO2 a la atmósfera, de manera que la clasificación se realiza de vehículos más contaminantes a menos.

Lo que establece la Ley de Cambio Climático y Transición Energética es que los municipios de más de 50.000 habitantes tienen que hacer frente a los planes de movilidad urbana sostenible antes del año 2023. Esto se realiza con la intención de reducir las emisiones de los vehículos que atraviesan cada día las ciudades.

Con todo esto, habrá coches que no puedan acceder al centro de la ciudad, prohibición que dependerá de cada comunidad.

¿Qué significa cada etiqueta?

  • La etiqueta CERO emisiones se destina a vehículos eléctricos con batería (BEV), vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 km y vehículos de pila combustible, vehículos eléctricos con autonomía extendida (REEV).
  • La etiqueta ECO es para aquellos vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y vehículos propulsados pro gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).
  • La etiqueta B se destina a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2000, turismos y furgonetas ligeras diésel matriculadas a partir de enero de 2006 y vehículos de más de 8 plazas y pesados, de gasolina o diésel, matriculados a partir de 2005.
  • La etiqueta C es para turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006, vehículos de más de 8 plazas y pesados, de gasolina o diésel, matriculados a partir de 2014 y turismos y furgonetas ligeras diesel matriculadas a partir de 2014.

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